IATA actualiza requisitos sobre fiebre amarilla para abordar vuelos hacia Costa Rica
La Asociación Internacional de Transporte Aéreo confirma que fue notificada por el Gobierno de la República de nuevos requerimientos de entrada al país.
La Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA, por sus siglas en inglés) actualizó en sus sistemas los requisitos sobre la vacunación contra la fiebre amarilla para viajar a Costa Rica.
Esto, tras un aviso que le comunicó el Gobierno de la República, confirmó la organización ante una consulta de Teletica.com.
La modificación se hizo en el sistema Timatic, un proveedor de información en tiempo real sobre los requerimientos de documentación de viaje para vuelos internacionales.
Ese servicio es utilizado por más de 2.000 aerolíneas, operadores de tierra, agencias de viajes, agentes de seguridad y funcionarios gubernamentales de todo el mundo, según el sitio web de la plataforma.
"Pasajeros, aerolíneas y agencias de viajes utilizan este sistema para consultar las regulaciones y requisitos sanitarios y de visado", explicó la Asociación de Transporte Aéreo a este medio.
Precisamente, la vicepresidenta y ministra de Salud, Mary Munive, mencionó el sábado anterior que el país sería más riguroso en la exigencia de la inmunización a partir de una actualización de la lista de naciones consideradas de riesgo por propagación de la enfermedad. En ese sentido, mencionó que se había entablado una comunicación, en busca de que las líneas aéreas verifiquen los requisitos a quienes planean visitar Costa Rica desde Colombia, Brasil o Perú, entre otros 41 países.
En esa línea, la jerarca aseguró que, si las aerolíneas cumplen con la exigencia, quienes provengan de esas naciones —altamente visitadas por costarricenses— y no hayan recibido la debida dosis al menos 10 días antes del vuelo, no deberían subir al avión.
"¿Qué pasa si decide regresar sin la vacuna? Acuérdese que nosotros también generamos un registro de infractores. Digamos que usted de alguna forma se le pasó al del counter (mostrador) y lo dejó entrar al avión y llegó acá (territorio nacional). Y aquí por A o por B motivo, le revisan y usted no tiene el certificado (de vacunación), entonces, Migración de Costa Rica puede levantar el nombre de la persona. ¿Para qué? Para que Migración pueda ir a verificar qué fue lo que pasó con la Asociación de Transporte Aéreo", declaró la titular a Telenoticias.
En esa línea, debe enfatizarse que los nacionales no se les negará la entrada al territorio nacional.
Valga recordar que el artículo 22 de la Constitución Política señala que todo costarricense "puede trasladarse y permanecer en cualquier punto de la República" y que "no se podrá exigir a los costarricenses requisitos que impidan su ingreso al país".
"Estamos hablando de territorio en otros países. Ahí es donde ellos tienen la obligación de hacer respetar ciertos requisitos. Y el requisito, por ejemplo, en (el Aeropuerto Internacional) El Dorado, que es popular porque muchos ticos están viajan a Colombia, es el de la solicitud de certificado de fiebre amarilla. Ahí es donde usted no va a poder abordar y ahí se va a ver comprometido", acotó Munive.
Diferente es el escenario con los extranjeros, como se desprende del artículo 10 del decreto ejecutivo 39997-S-G-SP-RE.
Quienes sean originarios o provengan de esas naciones no podrán ingresar a Costa Rica sin haber recibido el fármaco correspondiente.