Estas son las faltas de conducta que aplican para el curso lectivo 2026 y sus castigos
La lista de comportamientos prohibidos y sancionados fue publicada el jueves en el diario oficial 'La Gaceta'.
El usar el teléfono o un vapeador, difundir imágenes de contenido sexual o crearlas con inteligencia artificial forman parte de las nuevas faltas que aplican en el curso lectivo 2026.
Las normas fueron establecidas en el nuevo Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes y Conducta, publicado el jueves en el diario oficial La Gaceta.
Ese cuerpo normativo, que tenía meses de ser objeto de debate público, pero que hasta ahora fue oficializado, devuelve el valor a la evaluación del comportamiento de los estudiantes con fines formativos.
Para tal fin, a este apartado, el profesor guía deberá asignarle a cada alumno una nota en una escala de 1 a 100. Esto aplicará solo para primaria y secundaria, tanto en la educación general básica como en la diversificada.
Dicha calificación considerará toda acción que lleve a cabo el estudiante mientras esté en el centro educativo, mientras porte el uniforme (sin importar dónde) o mientras participe en actividades curriculares.
Como parte de ese cálculo, el docente deberá rebajar los puntos según las faltas que cometa el alumno. Estas pueden ser desde muy leves a gravísimas, y pueden implicar rebajas de entre 5 y 50 puntos, entre otras posibilidades.
La nota mínima para promoción en el apartado de comportamiento será de 65 en la educación básica y de 70 en la diversificada. Quienes tengan notas menores en el promedio anual ponderado, tendrán la condición de aplazados.
Consecuentemente, esos estudiantes quedados en conducta deberán realizar trabajos con un enfoque socieducativo para ser aprobados, sin que se considere su rendimiento académico. Pero los lineamientos para ese tipo de asignaciones serán publicados en los próximos tres meses por el Viceministerio Académico.
Lo cierto es que un estudiante aplazado en conducta que no haya cumplido con las asignaturas para la promoción será reprobado y, consecuentemente, deberá repetir el año escolar.
A continuación, la lista de faltas según el tipo:
Faltas gravísimas
- Agresión física contra cualquier miembro de la comunidad educativa (director, personal, estudiantes o padres de familia).
- Tenencia, difusión, distribución o comercio de imágenes o videos con contenidos de índole sexual, acoso, violencias en línea, acciones de contenido sexual, material de naturaleza acosadora, física o haciendo uso de herramientas tecnológicas como la inteligencia artificial que atenten o violem la dignidad, seguridad e integridad humana.
- Consumo reiterado de bebidas alcohólicas.
- Consumo o portación de drogas en el centro educativo o en actividades.
- Distribución, inducción o facilitación de drogas dentro del centro educativo o en actividades.
- Generación de daño mediante bullying, acoso, por medio de comportamientos o conductas repetidas y abusivas con la intención de agredir a una o varias personas estudiantes de manera presencial o utilizando las tecnologías.
Faltas muy graves
- Participación en la escenificación pública de conductas que atenten contra la dignidad, seguridad o integridad de una persona.
- Exclusión de otros miembros de la comunidad educativa en el normal desarrollo de las actividades regulares del centro educativo o incitaciones a actuar con ese propósito.
- Incitación a los compañeros a que participen en acciones que perjudiquen la salud, seguridad individual o colectiva.
- Portación de armas, explosivos, objetos o sustancias peligrosas que pongan en riesgo la integridad y seguridad de algún miembro de la comunidad educativa. Además, el uso inadecuado de materiales diseñados para fines didácticos con otros propósitos diferentes que constituyan un peligro.
- Cualquier tipo de acción discriminatoria asociadas a género, edad, raza u origen étnico o nacional, condición socioeconómica o cualquier otra que viole la dignidad humana.
- Realización, grabación o participación de actos de bullying o acoso, violencia psicológica y violencia material entre estudiantes dentro del centro educativo.
- Sustracción, alteración o falsificación de documentos oficiales.
Faltas graves
- Daño contra los bienes del centro educativo, del personal o demás miembros de la comunidad educativa, de terceros, así como a los vehículos usados para el transporte de alumnos.
- Sustracción de bienes del centro educativo o bienes personales de los miembros de la comunidad educativa.
- Uso sin consentimiento de las pertenencias de integrantes de la comunidad educativa.
- Uso del lenguaje vulgar o soez, así como tratos irrespetuosos contra miembros de la comunidad educativa.
- Colocación de letreros, dibujos o gráficos no autorizados en el centro educativo.
- Alteración, falsificación o plagios de pruebas o cualquier otro tipo de trabajo académico.
- Sustracción, reproducción, distribución o divulgación de exámenes antes de su aplicación.
- Portación o consumo de cigarros o vapeadores.
- Portación o consumo de bebidas alcohólicas.
- Ingreso al centro educativo en estado de ebriedad o drogado.
- Uso de celulares y otros dispositivos electrónicos que interfieran en el proceso de aprendizaje en espacios educativos sin autorización del profesor.
Faltas leves
- El uso del cuaderno de comunicaciones para acciones diferentes al objetivo para el cual fue establecido.
- No informar a los padres de familia sobre la existencia de comunicaciones remitidas al hogar.
- Interrupciones al proceso de aprendizaje en espacios educativos.
- Fuga de las lecciones y de actividades programadas por el centro educativo.
- Ausencias injustificadas a actividades.
Faltas muy leves
- Uso incorrecto del uniforme.
- Uso de accesorios personales no autorizados según las disposiciones establecidas por el centro educativo.
- Incumplimiento de las normas de presentación personal establecidas por el centro educativo.

