POR Paulo Villalobos | 8 de enero de 2024, 11:41 AM

La Sala Constitucional condenó al Ministerio de Educación Pública (MEP) por los perjuicios y daños derivados del cierre del Servicio Educativo de Sordos Adultos (SESA).

Esto luego de constatar una violación a los derechos de esa población, al resolver un amparo planteado por la Asociación Pro Defensa Derechos Sordos CR.

Los magistrados declararon con lugar el recurso tramitado mediante el expediente 23-026015-0007-CO, en el que se estudió la decisión de la cartera de clausurar el programa, la cual trascendió tres meses atrás.

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Los magistrados condenaron al Estado por un "error administrativo" que permitió la matrícula de quienes están descontando una pena; mientras la cartera ahora estudia la apertura del centro.

Pese a que entonces se dio un encuentro con los alumnos afectados, en la gestión se señaló que el modelo propuesto por el ministerio no cubría las necesidades educativas de la población sorda.

Si bien el Alto Tribunal reconoció que es competencia de la cartera recurrida y sus instancias técnicas determinar el modelo de educación que mejor satisfaga las necesidades educativas de las distintas poblaciones que debe atender, "no quedó demostrado categóricamente" en el expediente que el cambio de modelo "proteja plenamente los derechos de los amparados, ni que, de ser necesaria, la transición a otro modelo educativo esta se haya consolidado totalmente antes de hacer cesar el actual sistema".

Los jueces se fundamentaron en el derecho a la educación en condiciones de igualdad y el acceso a la formación educativa, especialmente cuando los alumnos se encuentren en situación de discapacidad, lo que exige la creación, conservación y desarrollo de programas de enseñanza especiales e incluyentes.

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En ese sentido, el razonamiento de la sentencia 2023-033148 apunta a que la "forma intempestiva" en que el ministerio cerró el servicio y dispuso el traslado de los estudiantes activos —así como la matrícula de alumnos nuevos— al Centro Integrado de Educación de Adultos (Cindea) de Montes de Oca, violentó el derecho a la educación de la población estudiantil sorda.

En su resolución, la Sala ordenó a la ministra de Educación Pública, Anna Katharina Müller, garantizar plenamente y de forma ininterrumpida a las personas cubiertas actualmente por el programa, y a la población sorda en general, su derecho a la educación de calidad en condiciones de igualdad e inclusión.

La sentencia integral de este expediente está en redacción. Una vez que dicho proceso concluya y se notifique a las partes, se procederá a publicarla en el sitio de consulta de jurisprudencia del Poder Judicial, Nexus.

Teletica.com solicitó una reacción al MEP; pero, al cierre de esta nota, la consulta seguía en trámite.