POR Paulo Villalobos | 16 de diciembre de 2023, 8:48 AM

El Ministerio de Educación Pública (MEP) descartó la apertura de un satélite del Centro Integrado de Educación de Adultos (Cindea) para privados de libertad de Pérez Zeledón.

Lo anterior a pesar de que la Sala Constitucional ordenó la habilitación del espacio de aprendizaje para el Centro de Atención Institucional (CAI) Bastida de Paz y la Unidad de Atención Integral (UAI) Pabru Presberi.

Tal disposición consta en por lo menos tres resoluciones del Alto Tribunal que Teletica.com reveló el 27 de octubre anterior.

Sin embargo, lo cierto es que las sentencias 2023-025930, 2023-025935 y 2023-025930 también incluían la posibilidad de otras modalidades, siempre que se garantizara el derecho a la educación de los reclusos, sin obstáculos para que los mismos pudieran acceder a descuentos o beneficios penitenciarios.

Fue en virtud de esos votos que este medio solicitó conocer si la Comisión de Oferta Educativa resolvió o no diferentes pedidos para abrir el satélite.

Ante ello, la oficina de prensa de la cartera remitió una respuesta suscrita por el viceministro de Planificación institucional y Coordinación Regional, Leonardo Sánchez, así como el director regional de Pérez Zeledón, Rodolfo Hernández, que establece:

"De momento, por instrucción de la Dirección Regional de Educación de Pérez Zeledón, en tanto no se cuente con las condiciones de capacidad locativa y seguridad, no es viable ofrecer el servicio de Centro Integrado de Educación de Adultos.

"No obstante, el servicio educativo se sigue brindando a través de la Educación Abierta, que es la modalidad educativa autorizada y se vienen implementando hace más de 20 años en el Centro de Atención Institucional (CAI) Antonio Bastida de Paz y Unidad de Atención Integral Pablo Presbere de esa dirección regional".

Dos meses atrás, los magistrados declararon parcialmente con lugar tres amparos presentados contra el Ministerio de Educación, al verificar un quebrantamiento de las garantías de los reos, con motivo de la suspensión de un servicio de enseñanza que estos recibían.

Por unanimidad, los altos jueces además condenaron al Estado al pago las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirvieron de base a la declaratoria.

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Los magistrados condenaron al Estado por un "error administrativo" que permitió la matrícula de quienes están descontando una pena; mientras la cartera ahora estudia la apertura del centro.

"Error administrativo"

Del análisis realizado por altos jueces en la sentencia 2023-025930, se tiene que un grupo de —por lo menos— 61 reos del Pabru Presberi sufrieron una violación a sus derechos fundamentales, producto del cierre del centro educativo en el que estaban matriculados.

Mediante distintos informes, se concluyó que por "error administrativo", la Dirección del Centro de Educación de Adultos permitió que se impartieran lecciones en una modalidad que no estaba autorizada para el penal en cuestión, así como el Antonio Bastida de Paz.

Frente a esa situación, esa instancia recibió una alerta y, posteriormente, la Dirección reconoció haber hecho una interpretación errónea de la circular del Ministerio de Educación, por lo que luego procedió a hacer una corrección.

"Ante esto, mediante oficio No. CSF-055-2023 del 28 de julio de 2023, la Dirección del Cindea San Francisco-Satélite Jerusalén informó al Ministerio de Justicia y Paz (MJP) que, por no tener la autorización correspondiente, se debía detener todo servicio ofrecido mediante la modalidad educativa de Cindea", se extrae del fallo.

La cartera basó su decisión en el principio de legalidad y de auditoría. Al mismo tiempo, la institución descartó que se violara el derecho a la educación de los privados, ya que estos tienen aval para asistir mediante la modalidad de educación abierta.

"Ahora bien, para este Tribunal resulta reprochable que la modalidad educativa que se estaba impartiendo a la población privada de libertad en la zona de Pérez Zeledón se haya realizado sin las autorizaciones correspondientes.

"En segundo lugar, se considera que se viola el derecho a la continuidad educativa de los tutelados porque de forma intempestiva se suspendió el servicio y sin tomar en cuenta las consecuencias para el proceso de resocialización de los privados de libertad", puntualizaron los altos jueces.

La Sala reconoció que si bien los reclusos pueden acudir a la educación abierta, lo cierto es que la Dirección Regional de Educación de Pérez Zeledón admitió que ese programa debe ser fortalecido, al tiempo que el Ministerio de Justicia y Paz (MJP) reprochó que el cierre de los grupos académicos y de cursos emergentes afecta lo establecido en el artículo 55 del Código Penal, respecto a los descuentos ganados de población que se mantenía estudiando.

En una entrevista con Teletica.com, publicada el 28 de octubre pasado, el viceministro Leonardo Sánchez aseveró que la apertura del satélite del Centro Integrado se dio de manera "informe e ilegal" por un mandato de su directora.

Para ese momento, la institución se valoraba denunciar a la funcionaria ante el Ministerio Público.

Hasta la fecha, la única queja que se ha planteado fue una dirigida a la Auditoría Interna, que se mantiene bajo investigación desde el 23 de octubre anterior.

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