POR Juan José Herrera | 19 de marzo de 2020, 19:12 PM

Los diputados votaron este jueves en primer debate y de manera unánime el proyecto de ley para la reducción de jornadas laborales como medida para mitigar el impacto económico del nuevo coronavirus.

La iniciativa, presentada por el Gobierno para evitar que el desempleo crezca aún más en el país, propone disminuciones de hasta 75% en las jornadas a partir de la disminución que sufran las empresas en sus ingresos.

El proyecto, aprobado con un texto sustitutivo de consenso que recibió 47 votos, establece que toda aquella empresa con una afectación de al menos 20% de sus ingresos, en comparación con el mismo periodo del año anterior y como resultado inequívoco de los efectos del Covid-19, tendrá potestad de reducir hasta en un 50% las jornadas laborales de sus empleados.

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Si esa afectación alcanzara el 60% el porcentaje de reducción sería de hasta 75%.

Esa reducción será posible para todo el sector privado del país y deberá ser respaldada por una declaración jurada autenticada por un abogado.

El salario del trabajador, según la propuesta, se verá afectado proporcionalmente a la rebaja de su tiempo trabajado.

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El proyecto aclara que el cálculo de prestaciones e indemnizaciones laborales se deberá hacer con los salarios percibidos antes de la reducción de la jornada. La medida es temporal y excepcional, únicamente por la emergencia nacional decretada debido al coronavirus.

La directriz se extenderá hasta por tres meses luego de su aprobación y podrá ser prorrogada por un periodo idéntico.

Detalles

La iniciativa aclara que aquellas empresas con menos de un año de fundación podrán demostrar dicha reducción de sus ingresos brutos a partir del promedio de los últimos tres meses previos a la declaratoria de emergencia nacional.

En caso de que la persona empleadora no cumpla con esos requisitos pero sufra una afectación real a razón de la emergencia, podrá presentar ante la Inspección de Trabajo la documentación que permita demostrar su afectación y así ser objeto de la autorización de la reducción de la jornada de trabajo.

El texto sustitutivo añadió además un artículo más (11) que establece que los patronos podrán acordar con sus empleados la interrupción temporal de la prestación de labores con goce de salario a sus trabajadores, durante los efectos de la declaratoria de emergencia.

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En tal caso, las personas trabajadoras repondrán en el plazo máximo de un año el tiempo no laborado que les fuera remunerado, en los términos pactados.

Además puntualiza que la reducción y la suspensión de los contratos de trabajo no se aplicará a trabajadoras embarazadas o en periodo de lactancia, en los demás casos de personas aforadas, la reducción de jornadas solo procederá cuando se establezca para al menos el 90% del personal de la empresa. 

En ningún caso podrá utilizarse la reducción de la jornada con fines discriminatorios o como medida o represalia en perjuicio de las personas trabajadoras.

Esta es la segunda propuesta del Ejecutivo para la atención de la emergencia que se vota en el Plenario, luego de que este mismo jueves se votara en segundo debate el proyecto de alivio fiscal, que propone una moratoria de tres meses a los impuestos de renta, valor agregado, selectivo de consumo y aranceles.

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Los diputados acordaron que el proyecto será votado este próximo sábado en segundo debate.

Esa sesión, hasta este momento, se realizará el el edificio legislativo a partir de las 9 a. m. y en esa también se votará en segundo debate el proyecto de datáfonos.

Mientras tanto, los legisladores decidieron sesionar de manera extraordinaria las próximas dos semanas. Durante ese periodo los diputados solo se reunirán de manera presencial dos días, exclusivamente para votar, pues las demás sesiones se harán de manera virtual.