Laura Fernández y Fabricio Alvarado no podrán invocar motivos religiosos por orden del TSE
La Autoridad Electoral admitió para trámite dos amparos electorales contra los aspirantes.
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) ordenó a los candidatos Laura Fernández y Fabricio Alvarado que se abstengan de realizar manifiestos públicos que, directa o implícitamente, representen un llamado a votar por ciertas agrupaciones partidarias, apoyado en razones o símbolos religiosos.
Así se extrae de una medida cautelar dictada el pasado 16 de enero, que se dio a conocer hasta este lunes.
La Autoridad Electoral admitió para trámite dos amparos presentados por Marco Morales y Mauricio Ordóñez; los cuales se relacionan con la presunta entrega de material propagandístico a favor de Fernández en un encuentro de pastores evangélicos realizado el 15 de enero anterior.
El Tribunal Supremo puntualizó que la disposición incluye detener la difusión del folleto denominado "¿Por qué los cristianos evangélicos deben votar por el Partido Pueblo Soberano (PPSO)?".
La medida cautelar también debe ser acatada por el pastor Reinaldo Salazar, por la Federación Alianza Evangélica Costarricenses, la Asociación Templo Bíblico Internacional y por el Foro Mi País.
Asimismo, estas organizaciones recurridas deberán instruir a los pastores sobre la prohibición de utilizar el púlpito, sitios de oración o ceremonias litúrgicas para inducir el voto de sus fieles.
La disposición debe ser acatada de inmediato, resaltó la Autoridad Electoral. En esa línea, el Tribunal Supremo recordó que la desobediencia o el incumplimiento, total o parcial, de sus resoluciones constituye delito.

