POR Juan José Herrera | 11 de marzo de 2026, 16:20 PM

El diputado del Partido Liberal Progresista, Gilberto Campos, presentó un proyecto de ley que castigaría, con hasta ocho años de cárcel, las injurias o difamaciones en redes sociales.

La propuesta reforma el Código Penal para crear la figura de “ofensas al honor agravadas”.

“Si las ofensas contra el honor se cometieren por medio de redes sociales o de correos electrónicos remitidos en forma masiva o por medios de difusión masiva, se castigarán con pena de prisión de seis meses a dos años.

“Si la finalidad del autor o de los partícipes fuere influir públicamente para evitar el nombramiento o la elección de una persona aspirante a ocupar un cargo público, serán sancionados con penas de dos a cuatro años de prisión. Se impondrán penas de tres a ocho años de prisión si las ofensas se difunden a cambio de la promesa o del pago de dinero o de cualquier beneficio patrimonial o indebido”, dice la propuesta de reforma.

Campos justificó que el Código Penal vigente data de 1970, en una época donde no existían redes sociales, plataformas digitales ni los actuales mecanismos de difusión masiva de contenidos.

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Expertos señalan que el fenómeno está ligado al impacto de las redes sociales, cambios en la forma de reaccionar ante la violencia y el temor de involucrarse en situaciones de riesgo.

“En consecuencia, el marco jurídico vigente fue diseñado para una realidad comunicativa completamente distinta a la del entorno digital contemporáneo caracterizado por ser vertiginoso y en muchas ocasiones violento, donde con extrema facilidad se pueden propalar con rapidez informaciones difamatorias o injuriosas, dañinas para el honor de las personas”, justificó el legislador.

El proyecto también introduce el procedimiento de jactancia, que Campos explicó como una herramienta procesal destina a enfrentar situaciones en las que una persona difunde públicamente acusaciones graves contra otra (como por ejemplo la atribución de un delito o presuntos vínculos con organizaciones criminales) afirmando tener pruebas de estos.

“Mediante este mecanismo, el Ministerio Público podrá requerir al autor de las manifestaciones que aporte las pruebas que dice poseer. En caso de no presentarlas o si estas resultan irrelevantes para sustentar las acusaciones difundidas públicamente, la persona afectada quedará habilitada para promover la acción penal correspondiente por ofensas al honor agravadas”, explicó Campos.

El proyecto se tramitará bajo el expediente 25.441.