POR Paulo Villalobos | 23 de junio de 2026, 15:15 PM

Para el ex fiscal general Francisco Dall'Anese, el proyecto de asociaciones criminales, presentado por el Gobierno de la República, crea un "enredo normativo".

Esto por cuanto, dentro del análisis que compartió con Teletica.com, el exjefe del Ministerio Público halló una serie de situaciones que calificó como "inconsistencias" en la iniciativa, que propone actualizar la figura de la asociación ilícita.

Cuestionado sobre el particular, el ministro de Justicia y Paz, Gabriel Aguilar, quien figura entre los firmantes del texto, hizo ver que toda observación debe analizarse con detenimiento y que, de existir algún error, este puede solventarse mediante una moción en la Asamblea Legislativa.

El proyecto en cuestión, al que se le asignó el expediente 25.615, plantea que se sancione con entre uno y seis años de prisión a quien forme parte de una asociación criminal conformada por dos o más personas, con el propósito de cometer delitos, de manera concertada y coordinada, mediante la distribución de tareas o funciones.

Actualmente, la asociación ilícita se entiende de una forma distinta: el solo hecho de ser miembro de una asociación de dos o más personas para cometer delitos.

"El nuevo tipo penal de asociación criminal exige probar que la organización actuó de manera concertada, coordinada y con distribución de tareas. Eso no lo exige el tipo vigente, que solo requiere acreditar la pertenencia. Ese cambio eleva significativamente la carga probatoria del Ministerio Público y puede producir impunidad si no logra probar el concierto, la coordinación y la distribución de tareas que el tipo penal actual no exige probar", apuntó el abogado sobre ese cambio en particular.

Los otros señalamientos de Dall'Anese tienen que ver con la segunda parte del numeral propuesto por el Poder Ejecutivo, que tiene que ver con la introducción de 11 agravantes, con penas más severas (entre 6 y 20 años de cárcel).

En esa línea, el ex fiscal general apuntó que uno de los agravantes que plantea el texto es el narcotráfico. De hecho, se menciona en dos momentos distintos, con penas diferentes (de 6 a 10 años de prisión y de 8 a 20 años de cárcel).

Lo anterior ocurre a pesar de que el narcotráfico ya tiene su propio tipo penal autónomo en la Ley sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de Uso No Autorizado, Actividades Conexas, Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo, con penas propias, según el jurista.

Desde el punto de vista del exjefe del Ministerio Público, si una persona pertenece a una asociación criminal orientada al narcotráfico, y además comete ese delito, responde por dos tipos penales en concurso. Esto, para Dall'Anese, tiene una justificación jurídica.

Pero el abogado hizo ver que el problema aparece en el inciso 2 del primer tramo de agravantes, que castiga a quien cometa o favorezca el narcotráfico usando medios tecnológicos específicamente configurados para evadir controles. Para el ex fiscal general, esto puede interpretarse como un tipo penal autónomo, en el tanto que el texto propuesto así lo permite, al no exigir expresamente la pertenencia a la asociación. Ello crea una tercera figura.

"Eso no es una doble sanción, es una acumulación de figuras penales sobre la misma conducta sin que el texto establezca criterios para resolver los concursos.

"Lo que en principio parecía ser un fortalecimiento de la respuesta penal frente al narcotráfico termina siendo un enredo normativo. Y los enredos normativos, en derecho penal, no perjudican al culpable: le dan más argumentos a su defensa", puntualizó el jurista.

Al ser consultado por este medio, Aguilar apuntó que toda crítica debe ser revisada con atención.

En línea con lo anterior, el jerarca no descartó que el texto pueda tener algún tipo de problema como los señalados.

"Tendríamos que verlo. El proyecto de ley no está exento de errores, evidentemente, y se puede modificar vía moción. Con esto no quiero decir que sea un error. Si usted ve el inciso segundo, ahí habla de otro tipo de actitudes como el reclutamiento, como liderazgos, en donde la pena sí se agrava totalmente. Eso es. Se puede corregir fácilmente mediante una moción, si es que hay un error. Tengo que leer el proyecto de ley, pero no creería yo que sea algo difícil de subsanar", indicó el titular.

Otro señalamiento que hizo Dall'Anese tiene que ver con la propuesta para derogar los numerales 281 bis y 281 ter del Código Penal, que por ahora sancionan de modo individual a quien recluta para actos terroristas o recluta a menores para cometer delitos. Según el exjefe del Ministerio Público, esos tipos penales no exigen hoy que la persona pertenezca a ninguna organización criminal, sino que castigan una conducta individual.

Al derogarlos y convertirlos en simples agravantes de un delito de pertenencia, de acuerdo con Dall'Anese, el proyecto deja sin cobertura al reclutador que actúa sin pertenecer a la asociación ilícita, lo que puede causar impunidad.

"No hay ningún problema. Es que si yo le digo a usted: vamos ya a Palí o a Automercado a robarnos una lata de atún, eso no quiere decir que seamos crimen organizado. No veo ninguna situación conflictiva en esto", respondió al respecto Aguilar.

El exfiscal general destacó que el texto tiene "buenas intenciones declaradas", pero una ejecución técnica "deficiente".

Puntualmente, el abogado refirió problemas de redacción con consecuencias jurídicas reales.

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