Política
Gobierno pide audiencia a magistrados por recursos contra subasta de frecuencias
La gestión ingresó el lunes a la Sala Constitucional, que tiene meses con la discusión por el fondo de 14 amparos formulados contra el concurso.
El ciudadano que presentó uno de los 14 recursos que estudia la Sala Constitucional contra la subasta de frecuencias del espectro radioeléctrico se opuso a la vista oral solicitada el lunes por el Gobierno de la República, por considerar el pedido “improcedente y extemporáneo”.
Así se desprende de un escrito remitido por Giovanni Delgado, quien figura como recurrente en el expediente 25-031501-0007-CO, al que Teletica.com tuvo acceso.
Desde el punto de vista de este ciudadano, la gestión formulada por el Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Tecnología (Micitt) y la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) no se presentó en el momento procesal oportuno ni responde a una necesidad real de complemento, ampliación o aclaración de elementos técnicos necesarios para la emisión del fallo.
En esa línea, Delgado resaltó que el Alto Tribunal cuenta con insumos suficientes para dictar la resolución. De ahí que interpreta la gestión como una “dilación injustificada” en la tramitación de los 14 amparos que estudian los magistrados.
"Aceptar este tipo de gestiones en una etapa avanzada del procedimiento desnaturaliza el proceso constitucional, vulnera el principio de celeridad y compromete el derecho fundamental a una justicia pronta y cumplida", subraya el documento.
Esa situación resulta relevante en tanto que el asunto puesto a conocimiento de la Sala ha sido objeto de deliberación en al menos seis oportunidades, sin que se haya dado la votación requerida.
Para el recurrente, esa circunstancia “no puede ni debe ser aprovechada por las autoridades recurridas para introducir gestiones extemporáneas” para reabrir o alterar el curso del proceso, sobre todo si se considera que anteriormente estas tuvieron la posibilidad de plantear sus argumentos y aportar los insumos pertinentes.
"Pretender hacerlo en este momento constituye un uso impropio del procedimiento constitucional y una actuación contraria a los principios de lealtad procesal y buena fe", indicó el ciudadano.
En ojos del recurrente, la falta de votación del proyecto de resolución, aunadas solicitudes como las hechas por el Poder Ejecutivo, lesiona el derecho de justicia pronta y cumplida (artículo 41 de la Constitución Política).
La gestión contra el concurso cuenta con 14 amparos cursados, dos más en estudio de admisibilidad y uno rechazado.