POR Paulo Villalobos | 25 de febrero de 2026, 15:20 PM

Colaboró con esta información la periodista Mónica Matarrita.

Siete años atrás, la Asamblea Legislativa aprobó una reforma al Código Penal que entró en vigencia el 17 de junio de 2019 y que se denominó Ley de Derecho al TiempoLa iniciativa básicamente amplía el plazo de prescripción en los casos de agresiones sexuales en perjuicio de menores de edad. Así, una víctima puede denunciar hechos de este tipo en los 25 años posteriores a que adquiere la mayoría de edad.

Esos cambios permiten que eventuales delitos ocurridos en el marco del caso de Jeffrey Epstein puedan ser perseguidos en Costa Rica, aun cuando estos pudieron haber tenido lugar hace más de una década.

Teletica.com dio a conocer el martes que la Fiscalía Adjunta de Género abrió la causa 26-000155-0994-PE por un presunto abuso sexual en perjuicio de un menor de edad, que se desprende de publicaciones realizadas por la prensa acerca de los archivos del criminal sexual, hechos públicos por el Departamento de Justicia de Estados Unidos en los últimos meses.

"La reforma sí aplica, como tesis de principio. Si se llegara a determinar la existencia de delitos, la Fiscalía deberá determinar si esos delitos prescribieron antes de la reforma o no, pero es muy difícil porque lo que hay ahorita es una información de carácter general. Pero como tesis de principio, la reforma se aplica y permitiría entonces investigar y eventualmente sancionar los delitos ocurridos en perjuicio de menores de edad", señaló el exjuez Ewald Acuña.

"Antes de la reforma hubiera sido casi que imposible porque habrían prescrito los hechos", agregó.

El abogado penalista Rodrigo Araya coincidió en el efecto que la reforma tuvo en el caso concreto y calificó la decisión del Ministerio Público como “correcta”.

Sin embargo, recordó que existen resoluciones de Sala de Casación Penal y tribunales de apelaciones en cuanto a fechas aproximadas de los hechos que se consideran como prescritos.

En este punto debe hacerse ver que algunos de los casos que han trascendido públicamente de los documentos publicados se enmarcan entre 1994 y 2005, aunque no se descarta que puedan haber posteriores.

"Si son hechos que son de 2005 para atrás, a mi criterio, ya estarían prescritos, porque también conozco jurisprudencia de la Sala Tercera y de los tribunales de apelaciones, en razón de que si para el 2019 ya habrían transcurrido 10 años o más desde que los hechos se dieron, ya esa reforma no aplica. Es decir, hechos ocurridos de 2008 hacia atrás ya estarían completamente prescritos. Por eso yo hablo de hechos ocurridos en 2009, 2010, 2012, 2014; que todavía sí les alcanzaría esta reforma de 2019. Pero hechos ubicados entre los años 90 o inicios de los 2000, sí debo decirle que estarían totalmente prescritos.

"Imaginamos nosotros que la Fiscalía conoce esta situación y eventualmente estaría investigando hechos relacionados o conexos que sean de una data más próxima. Esta reforma de 2019 es una reforma que sí se aplica retroactivamente, pero hasta 10 años. Es decir, hasta 2009, porque ya la jurisprudencia ha dicho que si para 2019 ya habían pasado más de 10 años de la ocurrencia de los hechos, ya los hechos estaban prescritos o estarían prescritos", apuntó el representante legal.

Consultado por este medio, el fiscal general Carlo Díaz destacó que actualmente se lleva a cabo un análisis con el objetivo de establecer cuáles eventos criminales se pueden perseguir en la actualidad.

El jefe del Ministerio Público destacó cómo la reforma permitió al menos hacer cálculos para eventualmente sancionar algunos de estos eventos criminales.

“Acabar con la impunidad”

La Ley de Derecho al Tiempo fue promovida, principalmente, por el exdiputado Enrique Sánchez. En aquel momento, el proyecto se planteó ante la urgencia de brindarles a las víctimas de agresiones sexuales la posibilidad de denunciar en condiciones más apropiadasEsto en el tanto que, anterior a la reforma, los ofendidos difícilmente eran independientes o no habían procesado las situaciones que vivieron en la adolescencia.

El caso que motivó la reforma fueron los abusos y violaciones del excura Mauricio Víquez, quien actualmente descuenta 20 años de prisión por agresiones en perjuicio de un hombre de apellido Alvarado. Aquel fue el único caso que se pudo llevar contra el exsacerdote, pues los demás prescribieron.

"Me parece que es el objetivo de la aprobación de esta ley, acabar con la impunidad con la que viven muchos abusadores, amparados en los plazos de prescripción que existían. De hecho, esta es una ley en la que yo no he dejado de encontrarme personas con el paso del tiempo que se me acercan y me dicen que a partir de esa ley pudieron denunciar algo que les había ocurrido en muchos espacios. Y hasta la fecha todavía siguen apareciendo casos de personas.

"A mí me complace mucho que finalmente las personas que sufrieron abusos siendo menores de edad puedan culminar ese proceso con una denuncia como corresponde, y que la justicia está ahí para hacerlo cuando la persona pueda finalmente denunciar", indicó a Teletica.com el excongresista del Partido Acción Ciudadana (PAC).

En esa línea, Sánchez recordó que ahora las personas tienen el derecho de presentar denuncias por hechos de este tipo cuando se sientan listas para hacerlo. Para ello, invitó a quienes hayan vivido una situación así a buscar el acompañamiento necesario.

Pero el exlegislador, además, señaló la urgencia de que el Estado abra las puertas para aquellos que se decidan a exigir justicia.

Complicaciones asociadas

Los abogados Ewald Acuña y Rodrigo Araya coincidieron en que la investigación que sigue adelante el Ministerio Público afrontará varias particularidades que dificultarán que llegue a buen puerto.

Para el primero de los expertos, parte del problema es que la prueba con la que se cuenta actualmente es meramente documental. Ello implica que la Fiscalía y el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) tengan que establecer a quiénes remitieron y recibieron los correos incluidos en los archivos divulgados sobre Jeffrey Epstein. Luego, correspondería pedir asistencia a Estados Unidos para acceder a los archivos digitales de esas comunicaciones, a fin de conocer dónde fueron generados y así individualizar sospechosos.

"Es imposible hacer la investigación sin coordinar con el FBI (Buró Federal de Investigaciones)", subrayó Acuña.

A eso, Araya agregó algunas otras complicaciones. Por ejemplo, mencionó el tiempo que ha pasado, las necesidades de ubicar a las víctimas y el hecho de que el criminal sexual falleció el 10 de agosto de 2019.

En casos como el presente, en los que median delitos internacionales, existe la posibilidad tanto de solicitar la extradición de eventuales imputados, como la de remitir resultados de las investigaciones hechas en Costa Rica para su posterior procesamiento y juzgamiento en otro país.

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