POR Gloriana Casasola Calderón | 10 de marzo de 2026, 8:21 AM

La ubicación, las distancias mínimas y las medidas de contención forman parte de las reglas que deben cumplir las plantas envasadoras de gas para operar en Costa Rica.

La pregunta surge tras una fuga de gas que derivó en un incendio de grandes proporciones en una planta envasadora en Santa Ana, lo que obligó a un amplio despliegue del Cuerpo de Bomberos durante el fin de semana. Las llamas y columnas de humo fueron visibles a varios kilómetros de distancia.

Para minimizar este tipo de riesgos, el país cuenta con una estricta regulación sobre la ubicación y operación de las plantas que almacenan y envasan gas licuado de petróleo. La normativa, contenida en un decreto ejecutivo del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), establece condiciones técnicas diseñadas para reducir peligros.

El reglamento define distancias mínimas de seguridad respecto a otras instalaciones. Por ejemplo, las plantas deben mantener al menos 100 metros de separación de fábricas, sitios donde se almacenen sustancias inflamables, subestaciones eléctricas o espacios de concentración pública. En el caso de estaciones de servicio, la distancia mínima es de 200 metros.

La regulación también exige analizar el entorno cercano, incluyendo las actividades y propiedades que se encuentran alrededor de la planta.

Consultamos al MINAE y al Ministerio de Salud sobre los controles que realizan en estos sitios, pero al cierre de edición la respuesta se mantenía en trámite.

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