POR Paulo Villalobos | 6 de abril de 2026, 9:21 AM
Las intervenciones del escándalo de aparente corrupción conocido como Diamante se convirtieron, la mañana de este lunes, en el centro de discusión de una audiencia clave para el futuro del caso.
Esto luego de que la jueza Ivannia Delgado diera inicio a una vista en la que se conocerá una apelación de la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción (FAPTA) contra una resolución del 10 de diciembre pasado, emitida por el Juzgado Penal de Hacienda y de la Función Pública.
Dicha sentencia ordenó separar del expediente 20-009616-0042-PE toda la prueba derivada de las escuchas telefónicas, lo que —de quedar en firme— implica un golpe letal para la investigación que se sigue contra los exalcaldes Johnny Araya (San José), Arnoldo Barahona (Escazú), Humberto Soto (Alajuela), Alfredo Córdoba (San Carlos) y Alberto Córdoba (Osa); así como el actual gobernante local Mario Redondo (Cartago).
"Esto es consecuencia de la anulación del auto que autorizó aplicar el procedimiento especial para investigar criminalidad organizada, de acuerdo al cual se podían intervenir teléfonos. Sin embargo, la autorización para investigar delincuencia organizada fue una resolución nula, pues se refería a otros delitos de otros sospechosos y nunca mencionó el caso Diamante. Por eso se anuló tal autorización. Al caerse la autorización para investigar crimen organizado, se cayeron también las escuchas telefónicas.
"Esto lo apeló el Ministerio Público y de eso trata esta audiencia. Espero se confirme la resolución de primera instancia, que se dictó con apego a derecho", explicó a Teletica.com el defensor de Córdoba, Francisco Dall'Anese.
Por su parte, el representante de Barahona, Wálter Brenes, señaló a este medio:
"Consideramos que la jueza de apelación debe declarar inadmisible el recurso de apelación por no cumplir con los presupuestos mínimos establecidos por el Código Procesal Penal. Específicamente, no se establecieron los agravios y, por ende, el recurso no debe prosperar en segunda instancia.
"Por otro lado, si conoce la apelación por el fondo, deberá confirmar la resolución en la cual se declararon ineficaces las escuchas telefónicas".
La audiencia comenzó pasadas las 8:30 a. m. y se celebra de manera virtual.
Al cierre de esta publicación, el Ministerio Público explicaba las razones por las que considera que la resolución de primera instancia debe ser anulada por Delgado.
Una vez superado ese espacio, corresponderá a las demás partes pronunciarse sobre el planteamiento del órgano acusador.
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