POR Paulo Villalobos | 29 de mayo de 2026, 10:47 AM
La Contraloría General de la República (CGR) ordenó a la Universidad de Costa Rica (UCR) eliminar ocho formas de traslado voluntario al salario global, por considerar que estas no cumplen con lo estipulado en la Ley Marco de Empleo Público.
Mediante la orden DFOE-CAP-ORD-00002-2026, el órgano auxiliar de la Asamblea Legislativa instruyó el jueves una serie de ajustes en el Reglamento del Régimen Salarial Académico.
Los cambios ya son analizados por el Consejo Universitario —que fue el que lo aprobó— con el fin de promover las modificaciones del caso y cumplir con lo dispuesto.
El ente fiscalizador halló "desnaturalizaciones" y "mecanismos de elusión" en algunas de las modalidades de transición.
Uno de los controvertidos transitorios establece que un docente puede optar por el esquema salarial que le resulte económicamente más favorable.
"Esta posibilidad desnaturaliza el carácter imperativo de la Ley Marco de Empleo Público, la cual establece un mecanismo objetivo y automático de migración al régimen de salario global, sin que medie una decisión discrecional del funcionario basada en criterios de conveniencia económica", puntualiza el documento.
"Conforme a esa norma legal, cuando el salario compuesto sea inferior al salario global correspondiente al puesto, el servidor deberá continuar devengando su remuneración bajo el régimen vigente hasta que dicho salario alcance el monto equivalente al salario global; momento a partir del cual el traslado al nuevo régimen se producirá de manera automática el mes siguiente", agrega.
De igual forma, se determina que el reglamento introduce la posibilidad de que un funcionario que se desempeñe en un puesto de elección de autoridad universitaria solicite "durante su periodo de gestión o al concluir" un traslado de esquema, sin cumplir el requisito legal de un cambio de puesto efectivo en el que medie un concurso o un ascenso real.
También se indica que, actualmente, el personal académico que pertenece al régimen de dedicación exclusiva puede solicitar la finalización de ese contrato y pedir su traslado. Ello configura un "mecanismo de elusión" sobre la migración del salario compuesto al global.
Los otros supuestos de traslado señalados por la Contraloría son:
- La obtención de un puntaje superior a 144.
- El cumplimiento parcial de requisitos (puntaje superior a su categoría, aunque no completen todos los requerimientos).
- La finalización de beneficios contractuales (zonaje, bonificación, entre otros).
- Las funciones docente-administrativas.
- La variación de puntaje por ascenso.
Para el órgano auxiliar del Congreso, todos esos escenarios habilitan traslados voluntarios sin el debido cambio de puestos o los concursos que exige la ley.
Desde el Consejo Universitario —que fue el que aprobó el citado reglamento— se destacó cómo el ente fiscalizador no hizo ningún tipo de señalamiento al sistema, la estructura salarial o el proceso de aprobación del reglamento, sino que se enfocó en la modalidad de traslado voluntario de los transitorios.
"Conscientes de la relevancia pública de este tema y en aras de la transparencia, el Consejo Universitario conformó una comisión especial que está analizando y promoviendo ajustes a dicho Reglamento, por lo que las observaciones del ente contralor se estudiarán a la luz del trabajo que se viene realizando y en el marco del artículo 84 de la Constitución Política de la República de Costa Rica", indicó el órgano en un comunicado.
Para ese fin se instaló una comisión que estudiará los hallazgos y planteará los ajustes correspondientes.
Ello deberá ocurrir en un máximo de seis meses, por mandato de la Contraloría.
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