POR Paulo Villalobos | 5 de mayo de 2026, 17:55 PM

El Tribunal Penal de Hacienda y de la Función Pública absolvió, la tarde de este martes, al agente encargado de la protección de Gerald Campos, cuando este era subdirector general del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), en un caso en el que se le atribuían aparentes irregularidades con horas extras y viáticos.

Se trata de un funcionario de apellido Jara, contra el que el Ministerio Público pretendía 12 años de prisión por los supuestos de enriquecimiento ilícito y falsificación de documentos públicos para la obtención de beneficios laborales irregulares.

Al cabo del juicio, el órgano jurisdiccional se inclinó por aplicar el principio de in dubio pro reo, que dispone la absolutoria de un sospechoso si no se tiene certeza absoluta de su culpabilidad.

"La defensa sostuvo que la acusación estaba muy mal hecha, que no reflejaba la verdad de lo que había sucedido. Las pruebas revelaron también que no hubo ninguna falsificación, o la Fiscalía no fue capaz de presentar un solo documento firmado por don Rándall Jara. Nunca entendió el procedimiento para el cobro de horas extras, ni tampoco que el protector de un funcionario de un cargo tan alto como el del Organismo de Investigación Judicial siempre está trabajando porque está siempre protegiendo en su vida pública y en su vida privada al protegido. Esta fue la tesis de la defensa y don Rándall queda absuelto en primera instancia.

"Veremos si sobrevienen recursos, pero de momento se ha dado un gran paso que reafirma la inocencia de Rándall Jara como agente de protección. Es un hombre que ha estado dispuesto a entregar la vida por los protegidos, y este juicio ha significado una gran desconsideración y un ataque injusto a una persona que lo que hizo fue cumplir con su deber", comentó a Teletica.com el abogado del imputado, Francisco Dall'anese.

El caso en cuestión es de especial relevancia en tanto que Campos, actual ministro de Justicia y a partir del 8 de mayo próximo ministro de Seguridad Pública, también fue acusado por esos mismos hechos. En su caso, se le atribuyen los presuntos delitos de peculado, falsedad ideológica y reconocimiento ilegal de beneficios laborales.

Sin embargo, en virtud de su designación como jerarca de la administración de Rodrigo Chaves, el 8 de mayo de 2022, sobre él recae un fuero de improcedibilidad penal y, en virtud de ello, debe ser juzgado bajo el procedimiento especial dispuesto para los miembros de los Supremos Poderes.

Ni siquiera cuando Campos renunció a su inmunidad —lo que ahorró la discusión del tema en la Asamblea Legislativa— fue posible su enjuiciamiento en la Sala de Casación Penal, por choques de agenda de los magistrados con la de sus defensores.

Recién este martes, el ministro fue confirmado por la presidenta electa para asumir una nueva cartera a partir del próximo viernes, lo que genera la duda de, por ejemplo, qué pasará con el caso que se le sigue al jerarca. Una de las preguntas tiene que ver con si el cambio de periodo constitucional implica un fuero adicional al que ya había renunciado.

Consultado al respecto por este medio, el abogado de Campos, Edwin Duartes, aseguró que esa situación deberá ser interpretada por la Sala Tercera y enfatizó que ello no ha sido valorado por la defensa técnica todavía.

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