9 de mayo de 2013, 8:55 AM

Todo lo referente al juez de apellido Lizano, detenido el miércoles en varios allanamientos del OIJ, se decide esta tarde, cuando en los tribunales de Guápiles, el Juzgado Penal decida qué pasará con él y las otras cinco personas acusadas de tentativa de homicidio calificado contra otro juez.

La oficina de prensa del Ministerio Público confirmó que la Fiscalía solicitara un año de prisión preventiva para los seis imputados.

Ayer en horas de la tarde, tras un comunicado de la Corte Suprema de Justicia, la presidenta interina, Zarela Villanueva, indicó que el juez Lizano era suspendido por un mes, según se lo permite la ley orgánica del Poder Judicial

La presidenta se basa en el artículo 182 de esta ley, donde además dice que es un mes el tiempo máximo en el que deberá estar suspendido, pero recibirá intacto su salario.

El panorama para Lizano cambiaría en caso de que el Juzgado Penal de Guápiles, tome la decisión de dictar prisión preventiva, ya que de inmediato se suspendería el pago de su salario, que le cubre la ley orgánica.

Pero si el juzgado da otro tipo de medidas cautelares, durante ese mes seguiría recibiendo su salario, a menos que el juez determine lo contrario, o la bien inspección judicial, que sería la encargada de determinar si continúa suspendido o no.

El artículo 1823 de la ley orgánica del Poder Judicial le da la potestad al presidente de la Corte para ordenar la suspensión por un mes a un empleado judicial.