Por Adrián Fallas |9 de enero de 2020, 15:15 PM

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) “rechazó de plano” la denuncia por beligerancia política contra el mandatario Carlos Alvarado, presentada a inicios de mes por los presidentes de los partidos Liberación Nacional, Unidad Social Cristiana y Republicano Social Cristiano.

Los magistrados del TSE consideraron que no se había violentado la prohibición del artículo 142 del Código Electoral, que señala el impedimento al Ejecutivo de difundir logros de la Administración en materia de obra pública, ya que la misma no aplica para las elecciones municipales.

“Los jueces electorales determinaron que, aún si estuviéramos en elecciones nacionales, los posteos en redes sociales, relacionados con los logros de Gobierno, no tienen el carácter publicitario que prohíbe el artículo”, indicó el TSE.

Además, indicaron que en este caso no hay un pago para la divulgación y que las publicaciones solo pueden accederse tras una búsqueda o tras activamente seguir los perfiles respectivos.

La denuncia presentada por Guillermo Constenla, Randall Quirós y Dragos Donalescu señalaba que publicaciones realizadas bajo el hashtag #Balance2019, destacaban logros en infraestructura que reñían con la prohibición.

En su momento la ministra de Comunicación Nancy Marín, aseguró que la veda publicitaria no aplica para las elecciones municipales, tal y como lo confirmó el TSE, al tratarse de un tema zanjado desde el 2010.