Por Paulo Villalobos |6 de marzo de 2025, 14:46 PM

La Sección Especializada del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) ordenó el martes a la Inspección Electoral la apertura de una investigación preliminar contra el presidente Rodrigo Chaves por presunta beligerancia política.

De acuerdo con un comunicado de la Autoridad Electoral circulado la tarde de este jueves, los hechos denunciados se relacionan con cuatro conferencias del mandatario y una cadena nacional.

Se trata de las ruedas de prensa del 4 de diciembre de 2024, así como el 22, 29 y 30 de enero de 2025; además de un mensaje transmitido en televisión el 8 de diciembre de 2024.

Destaca que entre las conferencias investigadas está la correspondiente al anuncio de cambios en el gabinete. Ese 30 de enero de 2025 renunciaron a sus cargos los ministros Laura Fernández (Presidencia), Mauricio Batalla (Obras Públicas y Transportes), Anna Katharina Müller (Educación Pública); Francisco Gamboa (Economía, Industria y Comercio); además del presidente ejecutivo del Instituto Nacional de Desarrollo Rural (INDER), Osvaldo Artavia.

Sin embargo, las dimisiones llegaron en el límite legal que tenían varios jerarcas —entre ellos, los titulares del Gobierno de la República— si es que pretendían postular sus nombres en las elecciones del 1.° de febrero de 2026.

Estos hechos fueron denunciados por el presidente del Partido Liberación Nacional (PLN), Ricardo Sancho; el presidente y el secretario general del Partido Acción Ciudadana (PAC), Fabián Solano y Gonzalo Coto; el diputado del Partido Frente Amplio (PFA), Antonio Ortega; así como el ciudadano Allen Solera.

La beligerancia política se entiende como la prohibición absoluta que pesa sobre una serie de funcionarios públicos —entre ellos, el presidente en ejercicio— para realizar cualquier tipo de actividad político-electoral.

Específicamente, el artículo 146 del Código Electoral restringe a quienes ocupen esos cargos "participar en las actividades de los partidos políticos, asistir a clubes ni reuniones de carácter político, utilizar la autoridad o influencia de sus cargos en beneficio de los partidos políticos, colocar divisas en sus viviendas o vehículos, ni hacer ostentación partidista de cualquier otro género".

Las transgresiones a ese numeral incluyen el despido sin responsabilidad patronal o la remoción del cargo y, además, la inhabilitación para ejercer puestos públicos por hasta cuatro años.

Inicialmente, esas denuncias fueron presentadas ante la Sección Especializada, que es un órgano integrado por tres magistrados electorales suplentes, encargados de conocer, en primera instancia, los conflictos de carácter contencioso-electoral cuya resolución involucre el ejercicio de la potestad sancionatoria del Tribunal Supremo.

Esa instancia las remite a la Inspección Electoral, a la que le corresponde realizar investigaciones y procedimientos sancionatorios, en cumplimiento del debido proceso.

Así, la Inspección Electoral no actúa como órgano decisor, pues esa competencia corresponde en estos casos a la Sección Especializada y, frente a recursos contra lo resuelto por estos, al Tribunal Supremo (magistrados electorales titulares).

También el martes anterior, mediante resolución 1260-E6-SE-2025, la Sección Especializada rechazó de plano una denuncia anónima remitida por la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la República (CGR).

La misma iba dirigida contra Chaves por las manifestaciones que hizo en la cadena de televisión del 8 de diciembre de 2024.

El rechazo de plano se ordenó por falta de requisitos de admisibilidad, entre ellos la indicación del nombre y las calidades del denunciante.

Sobre el particular, Teletica.com mantiene en trámite una solicitud de posición ante la oficina de prensa de la Casa Presidencial.

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