Proponen aumentar a 10 años las penas de cárcel contra la minería ilegal
Según el proponente, los castigos actuales no son suficientes para disuadir a quienes incurren en estas prácticas.
El diputado oficialista, Manuel Morales, presentó un proyecto de ley para elevar hasta los 10 años las penas de cárcel contra la minería ilegal.
La reforma, que se tramitará bajo el expediente 25.565, modifica los artículos 139, 140 y 141 del Código de Minería para aumentar las penas para delitos que hoy ya están tipificados, pero tienen castigos mucho más bajos.
Según Morales, las sanciones actuales han demostrado que no son suficientes para disuadir a las personas de incurrir en esas actividades.
“El aumento de las penas a un mínimo superior a tres años responde a la necesidad de otorgar una respuesta penal proporcional a la gravedad de la minería ilegal, especialmente por tratarse de una conducta que afecta bienes jurídicos de alta relevancia constitucional, como el ambiente sano, la biodiversidad, los recursos hídricos, el patrimonio natural del Estado y la seguridad de las comunidades.
“Las penas actualmente bajas no generan un efecto disuasorio suficiente frente a actividades que suelen producir daños ambientales severos, de difícil o imposible reparación, y que además pueden involucrar estructuras organizadas de financiamiento, transporte, maquinaria, comercialización y aprovechamiento económico ilícito. Por ello, establecer penas superiores a tres años permite reconocer la verdadera lesividad de estas conductas, fortalecer la persecución penal y evitar que la minería ilegal sea tratada como una infracción menor, garantizando una sanción acorde con el daño ambiental, social y patrimonial que genera”, dijo el legislador.
El cambio establece castigos que van desde los 6 a los 10 años de prisión para quienes realicen minería en zonas protegidas. Esa pena también recaería en quien facilite maquinaria, equipo, transporte o cualquier otra acción que facilite el delito.
La pena sería de 5 a 8 años de cárcel contra el patrocinio, financiamiento o dirección de la minería ilegal, así como realizar minería sin autorización, permiso o concesión.
Esas penas se elevarán hasta los 10 años si se demuestra que la actividad se realiza en zonas silvestres protegidas, territorios indígenas, cauces de dominio público, zonas de recarga acuífera, nacientes, humedales o zonas sujetas a un régimen especial de protección ambiental.
El proyecto deberá ser conocido por la venidera Asamblea Legislativa, que entrará en funciones este 1.° de mayo.

