Poder Judicial: cumplir con orden de la Contraloría provocaría daños irreparables
Presidente de la Corte defendió que no aplicar la directriz podría significar un ahorro para el país por el elevado costo que sería hacerlo. Además afirma que la Contraloría no tiene competencia para darles órdenes sobre la interpretación de una ley
El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Fernando Cruz, aseguró a la Contraloría General de la República que cumplir con su directriz de aplicar a cabalidad la reforma fiscal provocaría daños irreparables en el Poder Judicial.
En el recurso de revocatoria, presentado el martes anterior pero hecho público hasta este jueves, Cruz argumenta que acatar la orden del ente contralor sería más caro para el Estado que no hacerlo, pues el proceso de análisis y ejecución tardaría hasta 7 meses, con personal del que no disponen y con la posibilidad de que surjan litigios en el camino.
“Como se ha indicado la ejecución del acto en mención, implica según los criterios técnicos, realizar ajustes en los sistemas de información y los cálculos salariales para 15.301 personas para 12.596 puestos existentes en el Poder Judicial.
“En razón de lo anterior, una implementación apresurada y contraria a la técnica de las modificaciones internas para la implementación de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, podría llegar a implicar un despilfarro de fondos públicos, pérdida de confiabilidad de la información o una gestión ineficiente en el trámite de pago de los derechos laborales de los servidores y servidoras del este Poder de la República”, reza el documento.
Cruz aseguró en la apelación que ejecutar esos cambios implicaría provocar "daños graves de difícil o imposible reparación", en cambio, no cumplir con la orden podría incluso suponer “un ahorro para el erario público”, pues el presupuesto 2020 ya está aprobado y entonces no habría que realizar ningún ajuste.
La intención de los recurrentes es mantener el pago porcentual de pluses de anualidades para todos los empleados del Poder en lugar de pasar a un modelo nominal (fijo) como dicta la ley.
En la apelación el presidente de la Corte también cuestiona las competencias de la Contraloría en la orden emitida, pues si bien reconoce que el Poder Judicial no está exento del control y fiscalización de ese ente, no tiene potestad para cuestionar la interpretación que este haga de una ley.
“Si bien las competencias de las Contraloría General alcanzan al Poder Judicial, no es en los términos de dar órdenes sobre la interpretación de una ley.
“Como se advierte, el Poder Judicial tiene una disposición que difiere de la posición de la CGR, y no hay norma alguna que indique que, la interpretación que haga el Área de Fiscalización de Servicios Públicos Generales de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, respecto del fuero interno del Poder Judicial, deba prevalecer”, asegura.
Este último argumento, así como el de esa supuesta falta de viabilidad técnica y presupuestaria en el cumplimiento de la directriz, no fueron esgrimidos entre las razones originales que presentó el Poder Judicial a los medios.
En ese primer pronunciamiento se dijo que la apelación se sustentaba en problemas en fondo y forma relativos a la competencia de un área de la Contraloría para ordenar a un presidente de un supremo poder, el irrespetar una acción de inconstitucionalidad aún en discusión y pedir al presidente de la Corte Suprema dejar sin efecto un acuerdo que solo puede desestimar la Corte Plena (magistrados).
Todos esos argumentos también están en el recurso de revocatoria.
Cruz aseguró que, en caso de que no se acogieran todos esos señalamientos, le piden a la Contraloría un plazo de moratoria para suspender la orden temporalmente mientras se implementan los cambios.
Ese plazo, según el análisis de los diferentes departamentos del Poder Judicial, no sería menor a siete meses.