Avanza proyecto que permitiría a deudores alimentarios salir del país sin adelantar cuotas
La iniciativa fue dictaminada este miércoles en la Comisión de Asuntos Jurídicos.
Los diputados de la Comisión de Asuntos Jurídicos dictaminaron este miércoles, por mayoría, el expediente 24.815, que permitiría a los deudores alimentarios salir del país sin necesidad de adelantar cuotas, como sucede en la actualidad.
Se trata de un proyecto de ley presentado en 2025 por el diputado de Nueva República, Fabricio Alvarado.
La iniciativa reforma el artículo 261 del Código Procesal de Familia para añadir una excepción a la restricción migratoria que hoy obliga a todos los deudores alimentarios a pagar 14 meses por adelantado si desean salir del territorio nacional por cualquier razón.
“Esta restricción, en la que no aplican excepciones, representa en muchos casos un impedimento para que el deudor pueda salir del país, y ha ocasionado, por ejemplo, que muchos de ellos no puedan acceder a intervenciones médicas que solo se brindan fuera de Costa Rica, poniendo en riesgo su salud, su calidad de vida y hasta la vida misma.
“En otros casos, obligados alimentarios han perdido oportunidades de empleo pues debían cumplir con alguna tarea o responsabilidad fuera del país. Otros, han visto impedida la posibilidad de aprovechar una beca de estudios o capacitarse en el exterior por la arbitrariedad de esta norma”, afirmó Alvarado meses atrás.
El texto dictaminado establece que el deudor podrá solicitar ante el Juzgado de Pensiones Alimentarias una autorización temporal para salir de Costa Rica por motivos laborales, de estudio, de salud, vacaciones o de enfermedad grave o fallecimiento de algún familiar hasta el segundo grado de consanguineidad que se encuentre en otro país.
Para conseguirlo, el solicitante deberá estar al día con el pago de la obligación alimentaria y además haberla cumplido, ininterrumpidamente, por al menos dos años desde su imposición.
Con la reforma propuesta, el requisito del pago anticipado se eliminaría siempre y cuando así lo permita el juzgado.
El proyecto pasará al Plenario para su discusión y votación final.

