Por Juan José Herrera 14 de abril de 2026, 11:11 AM

La Comisión de Juventud, Niñez y Adolescencia dictaminó este martes de manera positiva, y por unanimidad, el proyecto de ley que prohibiría el uso de redes sociales en menores de 14 años de edad.

Se trata del expediente 25.336, presentado por la socialcristiana María Marta Carballo y que ahora viajará al Plenario para su discusión y votación final

La iniciativa prohíbe “la creación y uso de cuentas en plataformas con interacción social para personas menores de 14 años de edad”, mientras que establece que su acceso para esta población se limitará exclusivamente “a servicios o versiones infantiles certificadas y explícitamente diseñadas para menores de edad, con control parental activo y sin funcionalidades adictivas por defecto”.

La propuesta, además, prohíbe absolutamente la publicidad personalizada basada en menores de edad.

Para lograrlo, el proyecto obliga a los padres, madres, encargados y tutores de los menores de edad a velar por el cumplimiento de esa restricción, lo mismo que al 
Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT), la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) y personas facilitadoras de plataformas digitales.

“El tema de salud mental en los menores de edad es importantísimo. Hay diversos estudios a nivel mundial que demuestran que los menores de edad están teniendo acceso a redes sociales desde temprana edad y que, entre los múltiples peligros a los que se ven expuestos, están el ciberacoso, la ansiedad social, el contacto con extraños, la adicción digital, alteraciones de sueño y presión social, entre otros”, dijo la socialcristiana Melina Ajoy en representación de Carballo.

En el caso de los jóvenes de entre 14 y 18 años de edad, se establece como requisito para la creación o registro de cuentas, perfiles, páginas, comunidades o equivalentes en plataformas digitales medidas robustas que permitan determinar que se trata de un menor de edad, incluida verificación por terceros acreditados, credenciales digitales o la estimación etaria.

Los menores deberán aportar la Tarjeta de Identificación de Menores (TIM) como requisito para la creación de un perfil y estará prohibido el registro de perfiles no personales.

“Para los efectos del presente artículo, será obligatorio contar con la autorización expresa y verificable de los padres, madres o encargados legales, conforme a estándares internacionales que establecen el consentimiento parental como requisito esencial para garantizar la protección integral de la niñez y adolescencia en entornos digitales”, dice el proyecto.

La propuesta, además, obliga a las empresas dueñas de estas redes sociales a que, en el caso de menores de entre 14 y 18 años, se desactiven por defecto mecanismos adictivos (scroll infinito, autoplay, pull-to-refresh compulsivo, patrones oscuros, etc.), además de restringir sistemas de recomendación basados en “engagement”, limitar la exposición de contenido nocivo, implementar detección proactiva de grooming y contenido sexual o violento y facilitar paneles de supervisión parental como límites de tiempo o reportes de actividad.

Para quienes no cumplan con lo dispuesto en esta ley, se establecen multas que van desde los 15 hasta los 50 salarios base, mientras que la reincidencia se castigará con entre 30 y 50 salarios base.

“Podrán establecerse órdenes de cese de operaciones, obligaciones de rediseño, suspensión temporal de funcionalidades para cuentas de menores, publicación de la sanción y planes de remediación”, añade la propuesta.

También se castigará con multas diarias por incumplimiento de órdenes.

Con el dictamen unánime, el proyecto pasará ahora al Plenario para su discusión y votación final.


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