Por Juan José Herrera |19 de febrero de 2021, 16:46 PM

La Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo interpuesto por la ministra de Niñez y Adolescencia, Gladys Jiménez, en favor de 14 menores de edad cuyas imágenes e información personal eran utilizadas por un perfil de Facebook sin autorización.

Se trata de pequeños que están bajo la tutela del PANI, según precisó la Sala.

El sitio en cuestión es “Verónica Peña (Unidos por Un Corazón)”, en el que según el órgano judicial se pudo constatar "se publican fotografías y videos de niños y niñas para los que supuestamente se pide ayuda económica".

“En algunos casos incluso se exponen partes íntimas de las personas menores de edad, así como información de su expediente administrativo –la cual no es de acceso público y está en custodia del Patronato–. Esto pone a las y los amparados en una posición de vulnerabilidad y lesiona su derecho a la imagen”, dijo la Sala en un comunicado de prensa.

El magistrado Luis Fernando Salazar precisó que se trata de personas en riesgo social, por lo que tanto el PANI como el Tribunal, están llamados por la Constitución a proteger de manera especial.

“Se declara con lugar el recurso. Se ordena a Verónica Lucrecia Peña Ávila, en su condición de administradora del perfil existente en la red social Facebook denominado "Verónica Peña (Unidos por Un Corazón)", eliminar, de inmediato, de las redes sociales que administra, cualquier imagen, video, publicación o comentarios relacionados con los hechos denunciados en este amparo, especialmente donde aparezcan los rostros o cualquier otra parte del cuerpo de los menores de edad amparados.

“Se condena a Verónica Lucrecia Peña Ávila, en su condición de administradora del perfil existente en la red social Facebook denominado "Verónica Peña (Unidos por Un Corazón)", al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo civil”, reza la resolución votada de manera unánime.

Los magistrados advirtieron que en caso de no cumplir con la orden o de volver a incurrir en estos hechos, la administradora se expone a una pena de prisión de tres meses a dos años, o de veinte a sesenta días multa.