Por Natalia Jiménez Segura |8 de junio de 2021, 11:16 AM

La decisión del Ministerio de Salud, de solo emitir certificados de vacunación a quienes se aplicaron las dosis contra COVID-19 en Costa Rica, es inconstitucional. 

Así lo aseguró el constitucionalista Rubén Hernández, tras la consulta de Teletica.com. 

El experto explicó que esta disposición específica viola dos derechos fundamentales de los habitantes de la República. 

1. Restricción de libertad de tránsito

Si el Ministerio de Salud no emite estos certificados de vacunación, estaría restringiendo legítimamente la libertad de tránsito de las personas que deseen viajar a otras partes del mundo.

"Restringe legítimamente la libertad de tránsito, dado que va a impedir que esas personas que se vacunaron fuera del país, pero que están vacunadas, no pueden desplazarse a países en que se exija un certificado de vacunación oficial que solo puede emitir el Ministerio de Salud", comentó el abogado.

Este documento es necesario para viajar a países que tienen como requisito de ingreso un comprobante oficial de inmunización; por ejemplo, España.

2. Discriminación

Por otra parte, Hernández asegura que, al hacer una diferencia entre los vacunados dentro o fuera del país, se está discriminando a las personas.

"Es una violación clara y evidente al principio de igualdad ante la ley porque se está tratando a sujetos ubicados en la misma situación de hecho, es decir personas vacunadas, de manera diferente. Se está introduciendo una discriminación carente totalmente de justificación razonable", añadió.

En este caso, se estaría violando el artículo 33 de la Constitución Política.

Según el abogado, legalmente el país no tendría problema para nacionalizar el documento emitido en otro país. Es más, lo compara con el trámite que se sigue con los nacimientos fuera del país. 

"¿Qué pasa cuando alguien nació en el extranjero y viene acá al Registro Civil? Es lo mismo", concluyó Hernández.