Por Paulo Villalobos |24 de marzo de 2024, 8:00 AM

El caso de Isabella del Milagro Gutiérrez Herrera, la bebé prematura nacida en condiciones de supuesta negligencia médica que falleció cinco días más tarde, así como el relato de su madre, conmocionaron a Costa Rica a inicios de 2024.

Sin embargo, también trajeron a colación una serie de dudas sobre los derechos de las mujeres a la hora del parto.

Algunas de estas se solventan en la Ley de derechos de la mujer durante la atención calificada, digna y respetuosa del embarazo, parto, posparto y atención del recién nacido.

Otras se regulan en lineamientos e instructivos aprobados y vigentes por parte de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) desde mediados del año pasado e inicios de este, explicó en una entrevista con Teletica.com la ginecoobstetra del Hospital Monseñor Víctor Manuel Sanabria, Carla Gríos.

Esta especialista estuvo encargada del lineamiento como asesora de la Gerencia Médica en su oportunidad, y por casi media hora, enumeró una serie de particularidades que las madres pueden solicitar, como por ejemplo, la hidratación con helados, el acompañamiento, la posición en la que desea parir, entre otras.

Lo primero que tener claro es que el Plan de Parto lo construye la mujer junto a su médico tratante, en cualquier momento posterior a las 22 semanas de embarazo. Esto implica que puede llenarse en el primer, segundo o tercer nivel de atención.

Pero también puede modificarse o adecuarse en el camino, según las experiencias de la mamá o factores de riesgo que se determinan en la evolución del embarazo.

Lo cierto es que estas se incorporan al Expediente Digital Único en Salud (EDUS), ya sea mediante los sistemas tecnológicos o una hoja de papel al ingresar a maternidad.

"Básicamente expresa los deseos y las expectativas de las mujeres de cómo quiere vivir su proceso de parto a la hora de dar a luz en cualquier maternidad del país. Esto implica tanto al momento de nacer, al momento de su ingreso al hospital, en el período posnatal... todo esto va expresando en el documento que la institución denominó documento de Plan de Parto", explicó la doctora.

"Es evidente que este Plan de Parto está sujeto a variaciones si existen condiciones de riesgo inesperadas al momento de la labor y estas variaciones deben de ser consensuadas con la usuaria y se debe de modificar entonces el Plan de Parto, pero con el consenso con la usuaria. ¿Por qué? Porque la clasificación de riesgo de una usuaria puede variar dependiendo del estado de la hora en que se encuentre", agregó.

Uno a uno

Dentro de los puntos que se incluyen está el acompañamiento. La legislación establece que este será al menos uno, pero pueden ser más en algunos casos especiales.

Algunos de esos escenarios donde pueden haber más, son aquellos en los que se requiere la presencia de un asesor cultural, ya se en el caso de mujeres indígenas o extranjeras. La medida lo que busca es mejorar la comunicación entre el equipo que atiende el parto y la madre.

También suele darse cuando hay un duelo anticipado, en el que se conoce que el bebé por sus condiciones o padecimiento no sobrevivirá. En esos casos, el acompañamiento por ley debe ser familiar, lo que incluye, por ejemplo, la presencia de los hermanos del bebé.

Pero en las situaciones ordinarias además pueden darse relevos requeridos por la mamá. Esto significa que la mujer puede pedir que en un momento determinado esté el papá del recién nacido o que le acompañen otros familiares o amigos.

En cuanto a la alimentación e hidratación, destaca que una madre puede pedir helados para mantenerse hidratada, pero estos varían según el paciente, ya que puede darse que esta sea diabética.

Con las poblaciones originarias se da también que consumen tipos determinados de té. Estos son llevados por las mujeres, pero se preparan en los centros médicos y se sirven cuando las madres los requieren.

"Tiene derecho a medidas alternativas para el manejo del dolor, como la esferodinamia (ejercicio funcional que emplea esferas de distintos tamaños), la aromaterapia, masajes de relajación...", mencionó Carla Gríos.

Por su puesto que también tiene derecho a tener un parto natural y respetuoso de los tiempos de la usuaria. 

"Todos los derechos contemplados en la Ley 10.081, puede solicitarlos la usuarios, inclusive el acompañamiento puede darse a nivel del parto quirúrgico a nivel de la recuperación de la usuaria, tiene derecho al apego piel con piel, tiene derecho a acompañar a su bebé recién nacido, a que se le expliquen todos los procedimientos que se le vayan a hacer a la persona recién nacida.

"Tiene derecho a consensuar cómo desea vivir la experiencia de parto, si desea recibir tratamiento, si no desea recibir tratamiento. Pero como le digo depende del riesgo de los usuarias, hay cosas que se deben de consensuar, porque tal vez la usuaria no las ha contemplado. Entonces el Plan de Parto puede variar", abonó la especialista.

Lo anterior incluye, a su vez, la posición en la que la mamá quiere dar a luz. Se da por ejemplo el caso de mujeres que quieren hacerlo de cuclillas.

De igual manera, hay quienes piden que no se les suministre oxitocina, para que la evolución del parto sea más natural.

Pero también tienen derecho a realizar el Plan de Parto mujeres con embarazos de alto riesgo o, como se mencionó previamente, con duelos anticipados.

En esos casos, incluso, reciben todo un acompañamiento multidisciplinario para que se determine la forma menos dolorosa para la madre de despedir a su bebé. Se menciona, por ejemplo, que algunas mamás prefieren no parir, ni ver a su hijo, mientras que otras piden un espacio incluso para una foto de recuerdo.

"Es importante que se sepa que la decisión de la vía de parto... por ejemplo, no es que yo voy a poner en el Plan de Parto quiero que se me haga cesárea, por cualquier razón. Lo que dice la ley 10.081 respecto a esto es que la decisión de la vía de parto es exclusiva del profesional a cargo de la atención de la usuaria y debe ser consensuada con la usuaria", enfatizó la médica.

"Usted no puede poner de primera entrada: yo quiero que me haga cesárea de una manera arbitraria sin tener una justificación clara de por qué debe ser la cesárea", agregó.

Valga mencionar que si una madre no completa el instructivo correspondiente, este casi que acaba preparándose en la antesala del parto, pues el equipo a cargo le consulta a la paciente cuáles son sus preferencias y hace los preparativos correspondientes.

Asimismo, de acuerdo con Gríos, todos los centros médicos del país ya cuentan con las herramientas necesarias para cumplir con las expectativas de las madres. No obstante, subrayó que cada unidad debe planificar y gestionar las compras para cada caso concreto.

De incumplirse con lo estipulado en el Plan de Parto, la usuaria puede plantear la queja respectiva ante la Contraloría de Servicios, la Dirección Médica o la Jefatura de Ginecología del establecimiento de salud respectivo. Esas instancias deberán iniciar un procedimiento a fin de determinar si hubo o no una transgresión a los derechos de la mujer, así como establecer eventuales sanciones de determinarse un responsable.

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