Por Rodolfo González |4 de agosto de 2021, 12:56 PM

La ministra de planificación, Pilar Garrido, interpreta que la objeción de conciencia que establece el proyecto de ley de Empleo Público no implica que los funcionarios públicos no tengan que llevar capacitaciones o seminarios aunque el contenido de estos vaya en contra de sus creencias.

Garrido dijo que si se lee con cuidado el artículo, este establece que la objeción de conciencia implicaría que el funcionario brinde una declaración jurada diciendo que dicha actividad va en contra de sus creencias, pero no lo exime de llevarla.

Así lo externó en el programa 7 días Radio de Teletica Radio este miércoles por la mañana. (Ver video adjunto)

La objeción de conciencia, impulsada por varios diputados,  busca establecer la opción de que funcionarios públicos pueden  oponerse a participar de capacitaciones que van en contra de sus creencias religiosas, éticas o morales.

Según la resolución de la Sala Constitucional que despejó varias consultas, esta objeción de conciencia no es inconstitucional, en otras palabras, sí puede implementarse.

¿Qué dice el artículo?

La jerarca dijo que comprende la preocupación de algunos grupos defensores de los derechos humanos pero a ellos les señaló "mi invitación es que puedan leer lo que establece la norma textualmente"

El artículo 23 inciso g del proyecto de ley dice: 

 "Los servidores públicos podrán informar a la Administración, por medio de una declaración jurada, sobre su derecho a la objeción de conciencia, cuando se vulneren sus convicciones religiosas, éticas y morales, para efectos de los programas de formación y capacitación que se determine sean obligatorios para todas las personas servidoras".


Garrido aseveró que "lo que queda establecido es expresamente que hay que manifestar la disconformidad con llevar alguna capación pero no implica que uno se ha va extraer de ella”

En otras palabras, agregó que "en un principio es dejar manifiesta la disconformidad", pero que el curso igual la tiene que llevar, pues "la norma no faculta a no llevarlo".

Ella reiteró que eso es lo que se extrae de la literalidad de la norma y que es importante conocer en detalle la resolución completa de la Sala Constitucional para dimensionar lo que los magistrados establecieron exactamente en este punto.

"Eso siempre es lo mejor... esperar el voto es lo mejor" agregó la ministra.