Por Julio Naranjo |6 de octubre de 2019, 12:24 PM

La Procuraduría General de la República (PGR) mantiene el criterio de que la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas está por encima de las convenciones colectivas.

Así lo determinó en una respuesta enviada esta semana a la Junta de Protección Social (JPS), institución que tenía clara la implementación de la Ley N°9635 en el tema de cesantía, pero que encontraba vacíos en el tema de anualidades y quinquenios.
Para expertos en derecho laboral, el criterio de la Procuraduría es correcto con respecto a respetar el principio de jerarquía normativa.

“La Procuraduría no niega ni obstaculiza el derecho a la negociación de la convención colectiva, o que dejen de tener vigencia. Lo que dice es que la convención colectiva tiene que adaptarse al contexto legal vigente y no puede pretender la administración pública una inmutabilidad del sistema”, señala la abogada Paola Gutiérrez.

La PGR destaca en esta nueva respuesta con respecto al tope de auxilio cesantía que tal como lo expuso en el criterio del 29 de enero de 2019, la Ley N°9635 reguló expresamente la cantidad de años a reconocer y señaló que el límite de 12 años se debe respetar mientras la convención esté vigente y posterior a esa fecha el reconocimiento que procede corresponde a ocho años.

“La PGR le dice a la JPS aplíquelo exactamente igual, por lo cual las anualidades deben pasarse a montos nominales y que los quinquenios ya no proceden”, agrega Gutiérrez.
El abogado Marco Durante también coincide en que la norma estatal está por encima de la norma convencional, sin embargo, señala que no todos los casos son iguales porque las convenciones colectivas complementan cuando no hay una norma específica.

“Cuando hay una convención colectiva vigente y negociada con un bloque de leyes vigente, si una norma posterior viene a contradecir la ya vigente no está bien que se imponga una derogatoria inmediata”, agrega Durante.

Lo que procede es que la Administración Pública, a la mayor brevedad posible, derogue o denuncie la convención colectiva y entre a negociar una nueva para alinearse a la nueva legislación.

“Hay que dejar que esta convención colectiva surta su efecto por la que fue aprobada, de lo contrario sería darle un carácter retroactivo en perjuicio de los trabajadores”, destacó Durante.

La respuesta hace referencia de una acción de inconstitucionalidad por parte del Sindicato del Banco Nacional sobre qué prevalece cuando existe un conflicto, si el convenio colectivo o la ley; una resolución que le corresponderá a la Sala Constitucional.