Por Paulo Villalobos 17 de noviembre de 2025, 15:05 PM

A partir del próximo 2 de diciembre, el Juzgado Penal de Hacienda y de la Función Pública entrará a conocer una serie de actividades procesales defectuosas —figura a través de la cual se cuestionan las actuaciones judiciales en detrimento de garantías— e incidentes de defensa contra las intervenciones de las comunicaciones en el caso conocido como Diamante.

Tal audiencia se torna clave luego de la sentencia que Teletica.com dio a conocer el 10 de febrero pasado, que anuló la declaratoria de crimen organizado dictada en el expediente 20-009616-0042-PE, que era la que daba sustento, precisamente, a las escuchas telefónicas.

Las posiciones alrededor del futuro de la evidencia derivada de esas intervenciones son distintas. De un lado, al unísono, la barra de la defensa en el escándalo de presunta corrupción cree que las escuchas deben declararse ineficaces, pues se anuló la resolución que les daba base.

Pero en el Ministerio Público insisten en todo lo contrario.

"En este caso, se han intervenido comunicaciones. Esta intervención de comunicaciones se realizó luego de un análisis de toda la prueba que se tenía en ese momento y se solicita al juzgado penal, quien se encargó de hacer una valoración de toda esa base probatoria y jurídica, y de esta manera se autorizó por parte del juzgado penal. Se considera que toda la prueba que se deriva de esta intervención telefónica es prueba totalmente válida y útil para ser utilizada dentro de este proceso penal", comentó a este medio la fiscala a cargo del caso, Johanna Rodríguez.

Sin embargo, algunos de los abogados que intervienen en el proceso, como Francisco Dall'Anese, Éric Ramos y Francisco Campos, insistieron al ser consultados por Teletica.com que no hay forma en que esas escuchas se mantengan vigentes tras la audiencia del mes entrante.

A ello agregaron que, además, existen alegatos en el sentido de que las intervenciones deben anularse por una fugaz derogatoria que se dio del artículo 2 de la Ley contra la Delincuencia Organizada, derivada de un error legislativo ocurrido entre el 14 y 30 de octubre de 2019.

Rodríguez rechazó dar un estimado de cuánto tiempo más necesitará la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción (FAPTA) para concluir su investigación, que se abrió hace cinco años, pero que se hizo pública el 15 de noviembre de 2021 con una serie de allanamientos que derivaron en la detención de los entonces alcaldes Johnny Araya (San José), Arnoldo Barahona (Escazú), Humberto Soto (Alajuela), Alfredo Córdoba (San Carlos), Mario Redondo (Cartago) y Alberto Cole (Osa).

Lo anterior, en el tanto que, dadas las varias gestiones planteadas por la defensa a lo largo de la etapa preparatoria, y las dificultades para que las incidencias fueran conocidas en los juzgados o tribunales, la sumaria ha sufrido algunos atrasos. Como si fuese poco, todavía deben evacuarse las actividades procesales defectuosas de las intervenciones.

Pero, además, está pendiente de fijarse la audiencia de la apertura 243 dispositivos electrónicos decomisados a lo largo de la investigación, así como aún deben resolverse solicitudes de levantamiento del secreto bancario de algunos de los imputados en el caso. Valga recordar que en la pesquisa figuran 23 personas físicas, junto con las empresas MECO, H. Solís, Explotec y Multiservicios MTS.

Hasta la fecha se han llevado a cabo 50 informes contables y de investigación, al tiempo que se ha entrevistado una cantidad por ahora desconocida de testigos.

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