Por Teletica.com Redacción |29 de enero de 2021, 11:42 AM

Las cartas para circular durante la restricción vehicular sanitaria vencen el domingo 31 de enero; es decir, a partir del 1° de febrero deberá  renovar el permiso de excepción si necesita transitar en horarios no permitidos.

El decreto ejecutivo del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) establece que el documento vence cada dos meses, por lo que en febrero inicia un nuevo periodo.

La carta puede ser presentada en físico o digital y quienes las utilicen deben presentar un gafete institucional o empresarial, en caso de tenerlo, o bien un documento de identidad.

Las personas trabajadoras independientes deberán portar y presentar un documento físico o digital de respaldo sobre sus labores o la actividad ejercida, que justifique su movilización en alguna de las franjas horarias restringidas.

La restricción vehicular sanitaria establece 18 excepciones para que los ciudadanos puedan circular en horarios no permitidos, entre estas motivos laborales, acceder a servicios esenciales, atender citas médicas, promover actividades turísticas, servicios a domicilio, visitas a veterinarias, entre otras.

La carta debe contener la siguiente información para tener validez:

  • El nombre de la persona trabajadora.
  • El número del documento correspondiente de identidad.
  • El horario de trabajo de la persona trabajadora.
  • El domicilio de la persona trabajadora.
  • El nombre de la empresa o la institución en la cual labora la persona trabajadora.
  • La ubicación de la empresa o institución en la cual labora la persona.
  • La excepción invocada, según el artículo 6° del Decreto Ejecutivo.
  • El número de placa del vehículo en el cual requiere movilizarse la persona trabajadora.
  • Firma de la persona encargada de emitir o de dar validez a la constancia laboral.