Sucesos
Investigan si víctimas de doble homicidio están ligadas a célula de "Diablo" en Guanacaste
Bandas rivales, al parecer, aprovechan el debilitamiento de la estructura para disputar territorios.
La Sala Constitucional declaró sin lugar un recurso de amparo presentado por Alejandro Arias, alias “Diablo”; y Jonathan Pérez Méndez, alias “Tan”, por las restricciones carcelarias que les impuso el Ministerio de Justicia luego de detenerlos en julio anterior.
El recurso, presentado a finales de ese mismo mes, alegaba que Justicia dispuso que no podrían recibir visitas de sus familiares, realizar llamadas telefónicas, recibir visita conyugal o acceder a la hora de sol, lo que aseguraban vulneraba sus derechos y un trato igualitario ante la ley.
Sin embargo, tras la declaración del ministro Gabriel Aguilar y otros funcionarios de Justicia, la Sala pudo acreditar que tanto Arias como Pérez han contado con dos llamadas telefónicas durante julio y agosto, así como que tienen visitas agendadas para este mes de setiembre.
Además, corroboraron que las celdas asignadas a ambos en el Centro Nacional de Atención Específica (alta contención) cuentan con las condiciones estructurales y funcionales específicas para su permanencia bajo custodia reforzada.
“Cuentan cada una con ducha, servicio sanitario, ventilación adecuada, cama y colchoneta, así como acceso libre a un patio de sol individual con una pila con agua potable para lavar ropa y otros utensilios”, dice la resolución.
Ambos tienen, además, 10 horas diarias de acceso a ese patio de sol.
El ministro Aguilar aclaró que esas restricciones iniciales fueron temporales y excepcionales mientras se adecuaba el centro penitenciario al “altísimo perfil criminal” de los detenidos.
“Es importante indicar que las órdenes emanadas desde este despacho ministerial obedecieron a una medida excepcional, provisional y de carácter preventivo, mediante la cual se restringió temporalmente el contacto de cualquier naturaleza a lo externo del centro penitenciario de los aquí amparados, mientras se ejecutaban ajustes urgentes de seguridad institucional.
“En este sentido, resulta necesario indicar que dicha medida se adoptó en un contexto excepcional, debido al altísimo perfil criminal de los privados de libertad aquí tutelados”, precisó.