POR Paulo Villalobos | 22 de septiembre de 2026, 11:07 AM

La Sala Constitucional estudia un recurso contra el retiro de cuatro vehículos prestados —entre otros bienes— en 2022 a la Policía Municipal de Puriscal, una decisión acordada por el Consejo Directivo del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD) que amenaza con paralizar las operaciones de ese cuerpo policial.

El amparo fue presentado por el ciudadano Janekeith Durán, en defensa de la población del cantón josefino, a la que se estima que se le violaron los derechos a la vida y a la integridad física (artículo 21 de la Constitución Política), tal y como se desprende de la gestión a la que se le asignó el expediente 26-034694-0007-CO.

Como parte del recurso, se explica que este no se formuló en favor de la Municipalidad de Puriscal, pues esta ha ejercido a través de su alcaldesa, Iris Arroyo, una serie de acciones de carácter administrativo y, como lo adelantó esta a Teletica.com, eventualmente hará lo propio en la vía judicial.

"La gestión se interpone en representación de un sujeto distinto: la población del cantón de Puriscal, como colectividad indeterminada de personas cuyo derecho a la vida y a la integridad física se ve amenazado por la súbita desaparición de la única flotilla operativa de su cuerpo de policía municipal", explica Durán en el amparo, del que este medio tiene copia.

El recurrente recordó que el numeral 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional permite que un amparo sea interpuesto por cualquier persona, sea o no la agraviada directa, en favor de quien lo sea, sin necesidad de acreditar poder ni interés personal cualificado.

Asimismo, señaló que la jurisprudencia de la Sala ha admitido tal apertura como parte de la tutela de intereses difusos (es decir, de la pertenencia a una colectividad no individualizable).

El amparo sostiene que, además de la violación de los derechos a la vida y a la integridad física, la determinación del órgano encargado de la implementación de las políticas para la prevención del consumo de drogas y su tráfico ilícito resulta arbitraria (artículo 11 de la Carta Magna), desigual (numeral 33) y violatoria de la autonomía de la que gozan los gobiernos locales (artículo 170).

Por su parte, Durán explicó:

"El argumento central es que el Estado no puede reconocer, durante cuatro años, que una comunidad necesita patrullaje para su seguridad, y luego quitárselo por completo sin darle nada a cambio y dejando a esa comunidad desprotegida. Toda decisión del Gobierno que afecta derechos de las personas tiene que estar justificada y ser razonable, no basta con decir 'interés público' sin explicarse".

Precisamente, la falta de fundamentación fue uno de los cuestionamientos que Arroyo hizo en su entrevista con Teletica.com respecto al acuerdo del Consejo Directivo del Instituto sobre Drogas.

La gobernante local sostiene que el ayuntamiento en ningún momento incurrió en los supuestos previstos para la ruptura de un convenio de préstamo de activos decomisados al crimen organizado, como el que se mantiene con Puriscal.

El recurso también solicita el dictado de una medida cautelar de suspensión de la devolución de los bienes a la espera de que los magistrados se pronuncien sobre el fondo.

Sobre el estado de la gestión, este medio mantiene en trámite una consulta ante la oficina de prensa de la Sala Constitucional. De igual manera, se solicitó una posición al Ministerio de la Presidencia y al Instituto sobre Drogas.

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