POR Gabriel Pacheco | 14 de febrero de 2025, 16:00 PM

Un proyecto de ley presentado por cinco diputados de Nueva República busca endurecer las penas de cárcel en Costa Rica para quienes practiquen un aborto, con o sin consentimiento de la madre. La reforma crearía una de las penas más altas de este delito en toda América Latina. 

El proyecto planea modificar tres artículos del Código Penal. El primero será el 118, el cual actualmente pena con 1 a 3 años para quien practique un aborto sin consentimiento de la mujer o cuando ella sea menor de 15 años. Con el nuevo proyecto, la pena sería de 20 a 35 años. 

Si el feto no había alcanzado seis meses de vida intrauterina, la pena es de 2 a 8 años. Con la reforma sería de 19 a 33 años.

El segundo inciso plantea que, si la mujer da su consentimiento, la pena de cárcel es de 1 a 3 años. La iniciativa plantea que esta se aumente de 18 a 32 años; si el feto no había alcanzado seis meses de vida intrauterina, entonces la pena sería de 17 a 31 años.

En el caso del artículo 119, el cual castiga a la mujer que consienta o cause su propio aborto, hoy la pena es de 1 a 3 años. De aprobarse la ley, se podrá imponer de 1 a 6 años y de 10 meses a 5 años cuando el feto tenga menos de 6 meses. 

También el artículo 122 cambiaría. Al día de hoy, se sanciona con 60 a 120 días multa a cualquiera que por culpa causare un aborto. El proyecto de Nueva República propone imponer de 6 meses a 8 años de prisión. 

Lo que no cambiará es el artículo 121, el cual permite el aborto hecho por un médico cuando la vida de la madre corra peligro. 

​Entre las penas más altas de América Latina
En caso de aprobarse la propuesta, Costa Rica sería uno de los países con las penas de cárcel por aborto más altas de América Latina. En la región, la mayoría rondan entre los 3 y 5 años de prisión para la persona que practique el aborto y para la mujer gestante. 

En Belice, la pena sube a 14 años, en Honduras y México (las penas varían por estado) alcanzan hasta 6 años de cárcel. En el Salvador, por su parte, el aborto está tipificado con hasta 12 años de cárcel, sin embargo, dependiendo de las condiciones en las que ocurre, las autoridades lo pueden considerar homicidio calificado, por lo que la pena puede rondar entre 30 y 50 años de cárcel.

Uno de los casos más sonados en los últimos años fue el de Lilliam, una mujer salvadoreña que durante el parto tuvo una complicación en el útero y el bebé murió al nacer. Tres días después del incidente, la Policía la detuvo en el hospital, acusada por homicidio calificado y, posteriormente, fue condenada a 30 años de cárcel. Cumplió ocho.
 

"Mientras que el homicidio simple tiene una pena máxima de quince años, las penas actuales para el aborto no son proporcionales a la gravedad del delito.

"Es evidente que las penas actuales para el delito de aborto no son lo suficientemente disuasorias. Un endurecimiento de estas busca generar un mayor efecto preventivo. De manera que se establezcan políticas públicas para evitar que las mujeres recurran a este crimen, y que se fortalezca la investigación y persecución de quienes realizan abortos", explica el proyecto de ley como una de las justificantes para la reforma. 

El proyecto deroga el inciso 4 y 5 del artículo 93 del Código Penal, que permite el aborto para “salvar el honor propio, de una descendiente, ascendente o hermana”.

"El honor no puede ser considerado un bien jurídico más importante que la vida humana, ya que esta última es un derecho fundamental protegido por la Constitución Política y tratados internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos", agrega el proyecto. 

La propuesta asegura que aumentar las penas refleja un mayor compromiso del Estado con los derechos humanos. El proyecto de ley fue presentado el 13 de febrero y espera ser asignado a comisión para iniciar su camino legislativo.

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