POR Juan José Herrera | 3 de marzo de 2026, 10:43 AM

Los magistrados, ministros y presidentes ejecutivos están a las puertas de perder el uso de vehículos de uso discrecional del que, hasta ahora, gozan.

La Comisión Plena II tiene previsto votar este miércoles, en segundo debate, una reforma que limitaría el uso de estos carros únicamente a los presidentes de los supremos poderes: Asamblea Legislativa, Tribunal Supremo de Elecciones, Presidencia de la República y Poder Judicial.

Se trata de un proyecto presentado desde 2018 por la entonces diputada de Liberación Nacional, Franggi Nicolás, pero que hasta ahora, ocho años después, podría convertirse en ley.

“Este fue un proyecto que tuvo mucha consulta porque obviamente toca muchos intereses, como el permitir que los altos funcionarios del Estado costarricense dispongan de un vehículo como si fuera propio, es un tema sensible.

“Esta reforma obviamente cambia la ecuación de vida y utilización de recursos que tengan estos altos funcionarios. Estamos hablando de ministros, viceministros, presidentes ejecutivos, gerentes generales, magistrados, altos funcionarios”, explicó Francisco Nicolás, integrante de la comisión que votaría mañana la propuesta.

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"Se les hace mucho bajar de 500 a 300 litros el uso de combustible o que haya que rendir cuentas sobre ese uso", afirmó el legislador Ariel Robles.

A detalle

Los vehículos de uso discresional, así definidos en la Ley de Tránsito, no tienen restricciones en cuanto al uso de combustible, horario de operación ni recorridos. Están disponibles 24/7 para los funcionarios según estos lo decidan.

Además, portan placas particulares y sin ningún tipo de rotulación.


Hasta ahora, este privilegio está dado por ley al Presidente de la República, el presidente de la Asamblea Legislativa, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Tribunal Supremo de Elecciones, los vicepresidentes de la República, los ministros de Gobierno, los presidentes ejecutivos de las instituciones autónomas, el contralor general de la República, el procurador general de la República, el fiscal general de la República y el defensor de los habitantes.

Con el cambio propuesto, todos los funcionarios excluidos en esa categoría pasarían a tener vehículos de uso semidiscresional, que deberán reportar sus movimientos, usar placas institucionales y además apegarse a un horario de máximo ocho horas.

Nicolás reconoció que, en la discusión del proyecto, se permitió la posibilidad de que jerarcas que por el ejercicio de sus funciones superen las ocho horas diarias, puedan solicitar extensiones que deberán ser debidamente justificadas y aprobadas por las respectivas instituciones.

En el caso del fiscal general y otros funcionarios que aleguen temas de seguridad, el legislador aseguró que ya se discute una reforma legal que permita ampliar esos beneficios en casos muy particulares.

"Si hay que hacer excepciones calificadas, como el director del OIJ, el subdirector de OIJ, el fiscal general, el ministro de Seguridad Pública, etcétera, pues estos casos se van a evaluar y revisar.

“Los que estén de acuerdo con eso van a presentar un proyecto para ajustarle este tema, pero el proyecto es contundente en no permitir excepciones, esa es la filosofía que se quería imprimir”, finalizó Nicolás.