POR Juan José Herrera | 29 de octubre de 2020, 15:45 PM

El Tribunal de Apelación Civil y Trabajo de la Zona Atlántica anuló, este jueves, la sentencia que imponía un embargo preventivo contra las cuentas de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica de Costa Rica (Japdeva) por parte del sindicato de trabajadores de esa entidad.

El embargo, acogido en mayo anterior por ₡5.283 millones, respondía a un alegato de Sintrajap por el supuesto impago de beneficios establecidos en la convención colectiva de la junta.

Desde entonces, la entidad solo recibió el pago del canon que le traslada APM Terminals más la ayuda del Estado y otras instituciones.

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Algunos de los beneficios fueron declarados inconstitucionales.

“Por casi seis meses la entidad sufrió de manera injusta el congelamiento de dos de sus cuentas operativas y con destino específico, en las que se albergaban los extremos laborales de las personas trabajadores acogidas a la Ley 9764 y los fondos del superávit para apoyo al pago de salarios y gastos corrientes.

“Este embargo mantuvo a un grupo de 41 extrabajadores sin recibir el pago de sus derechos laborales y obligó a JAPDEVA a adquirir una nueva deuda para poder saldarlos”, dijo hoy el Gobierno en un comunicado.

El ministro de Transportes, Rodolfo Méndez Mata, había calificado el embargo como “claramente ilegal y desproporcionado” y había asegurado que utilizarían todos los mecanismos legales para revertirlo.

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Hoy, el Tribunal acogió esa solicitud asegurando que efectivamente el embargo “violentó principios procesales esenciales y de naturaleza constitucional como lo son el debido proceso y el derecho de defensa”.

“La indefensión se incrementa, cuando el Juez decide embargar bienes que no han sido solicitados y sobre los cuales no tuvo la contraparte afectada la oportunidad de referirse tal y como lo hacen ver en el recurso planteado, lo cual en efecto, deja en absoluta indefensión”

“Se evidencia además, tal y como se indicó líneas atrás, OMISION ABSOLUTA sobre la posición del juez respecto de los alegatos formulados por la contraparte [JAPDEVA] a quien se confirió audiencia, en relación a la PERTINENCIA O NO DEL EMBARGO, por lo cual estamos a nuestro criterio en presencia de la denominada ultrapetita y mínima petita”, reza el fallo.

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En agosto anterior, y precisamente a raíz de este embargo, los diputados aprobaron un proyecto impulsado por el presidente del Congreso y diputado de Limón, Eduardo Cruickshank, que hizo inembargables los recursos de Japdeva.

La Junta, que se encuentra en medio de un profundo proceso de reestructuración para evitar su quiebra, ha prescindido de alrededor de 800 empleados para poder mantenerse a flote.