POR Natalia Jiménez Segura | 1 de agosto de 2021, 11:53 AM
A partir de este domingo 1° de agosto los conductores deben actualizar su carta para poder transitar con restricción vehicular.
La de junio y julio venció este sábado 31, por lo que si lo descubren portando la carta anterior lo podrían multar.
La que entra a regir hoy, tendrá una validez por los meses de agosto y setiembre.
Según las autoridades, la carta puede ser presentada en formato físico o digital. Además, si cuenta con gafete institucional o empresarial, está obligado a mostrarlo junto con la carta de excepción.
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En el caso de los trabajadores independientes, deben portar y presentar un documento, también físico o digital, que respalde sus labores y movilización en las horas restringidas.
Las excepciones de las restricción van desde motivos laborales, acceder a servicios esenciales, atender citas médicas, promover actividades turísticas, servicios a domicilio hasta visitas a veterinarias.
En este enlace usted podrá encontrar las especificaciones que debe llevar la carta, así como "un machote" descargable.
La restricción para esta primera semana de agosto queda de la siguiente manera:
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