POR Luis Jiménez | 28 de septiembre de 2021, 17:44 PM

Juan Carlos Alvarado, juez de ejecución de la pena del Primer Circuito Judicial de Alajuela, aseguró que el cierre de cárceles no responde a temas de salud por aislamiento a COVID-19, sino más bien es algo que se viene dando desde el 2016 por sobrepoblación.

Además, indicó que el hábeas corpus presentado  por el cierre técnico que emitió el Juzgado para no utilizar el gimnasio del centro Reinaldo Villalobos para el aislamiento de reos no fue impugnado por las partes.

Así lo explicó durante la audiencia realizada este martes por la Sala Constitucional para analizar el recurso de habeas corpus presentado por Justicia y Salud en contra de las órdenes emitidas por el Juzgado de Ejecución de la Pena de Alajuela, que, según el Ejecutivo, impiden el uso de espacios de aislamiento dispuestos para la prevención del COVID-19 en el sistema penitenciario.

“El juzgado de ejecución de la pena no ha dictado ninguna resolución que se refiera al no uso de los espacios de aislamientos dispuestos para la atención por COVID-19, se han dictado medidas correctivas como cierres técnicos, con anterioridad a la emergencia sanitaria desde el año 2016 al 2019. Los cierres son por motivos de otra naturaleza como sobrepoblación, hacinamiento, problemas de infraestructura, entre otras”, dijo el juez Carlos Alvarado.

El argumento medular para el cierre es por sobrepoblación e incorporación de camarotes de más en los recintos, lo cual afecta la garantía de los derechos humanos de los privados de libertad.

“Se debe de aclarar que los ingresos de personas a partir de junio de 2021 no fueron autorizados por esta autoridad lo cual mantiene un cierre técnico, no por razones en materia de salud ni COVID-19, fueron de orden técnico y jurídico”, agregó Alvarado.

Posición de ministra

Sin embargo, la ministra de Justicia, Fiorella Salazar, insiste en que a su cartera se le está invitando a que no se aísle a las personas que llegan desde el exterior y esto puede provocar un contagio masivo.

Para ella, los espacios de aislamiento temporal en los centros penitenciarios son para preservar la salud y la vida.

“Nuestra obligación es recibir a la población penal del país y hemos cumplido a cabalidad cada vez que las condiciones materiales y judiciales lo han permitido. El prohibir los espacios para aislamiento se nos está indicando que los pasemos (privados de libertad) directo a los módulos y esto es muy delicado porque en tiempo de pandemia el aislamiento no es opcional; debemos evitar un contagio masivo, de no ser así, tendríamos un efecto grave en la salud”, indicó la ministra Salazar.  

Declaraciones Fiorella Salazar: 


Según Fiorella Salazar, hoy en día se registran 19 casos positivos por COVID-19 en una población de más de 15 mil personas privadas de libertad.

Luego de tres horas de audiencia, la cual tuvo la presencia de los jerarcas de Salud, Comisión Nacional de Emergencias, Seguridad, Policía Penitenciaria, entre otros, la Sala señaló que analizará lo expuesto y en los próximos días emitirá su criterio por escrito.  

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