POR Daniel Jiménez | 8 de abril de 2026, 13:56 PM

El Comité de Ética de la Federación Costarricense de Fútbol investiga al presidente de la Asociación Deportiva Aserrí Fútbol Club, Carlos Solano, y al exjerarca de Asociación Deportiva Santa Ana, Manuel Solís, por tres préstamos que se realizaron entre 2021 y 2022.

Ética recibió la denuncia formal el 25 de mayo de 2023 y el pasado 3 de marzo de 2026 se le realizó el traslado de cargos a Solano y a Solís.

Solís dejó de ser jerarca de la Asociación Deportiva Santa Ana el 20 de setiembre de 2023.

Estos fueron las fechas de los préstamos y los montos:

Primer préstamo: 4 de setiembre de 2021 Monto: $9.600 (unos ₡4 millones)

Segundo préstamo: 14 de diciembre de 2021 Monto: ₡2 millones

Tercer préstamo: 4 de marzo de 2022 Monto $11.000 (unos ₡5 millones)

¿Qué dicen el presidente de Aserrí y el exjerarca de Santa Ana?

Teletica.com contactó a todas las partes y esto fue lo que mencionaron. En el caso de Carlos Solano, de Aserrí, indicó que "lo que se hizo fue un acto privado, yo lo veo así, sí se dio, yo también recibí la notificación de la Federación y la respondí, expliqué mi punto, pero fue una acción que se hizo con otro presidente amigo en ese momento de la Liga de Ascenso por una necesidad puntual que tenía".

Solano destacó que "se firmó un contrato donde a titulo personal le presté un dinero a la Asociación de Santa Ana". También adujo que le tomó por sorpresa que este tema salga en 2026 cuando los préstamos se dieron entre 2021 y 2022. 

"En realidad no me preocupa, es un tema político, usted sabe como está el tema político en la Federación, ahorita quiere entrar otro candidato y no me extraña nada, no me ocupa y no me preocupa", dijo Solano, quien destacó que en un año y medio serán las elecciones en el Comité Ejecutivo de la Federación.

"Ya se acercan las elecciones y algunos tienen que empezar a hacer campaña, yo soy asambleísta y tienen que buscar cómo generar ruido", añadió.

Al ser consultado puntualmente si no veía nada de malo prestar ese monto a otro presidente al que se enfrenta en el campeonato, respondió: "Le voy hacer muy sincero, dentro de todo eso es una practica normal entre presidentes, y yo lo hice totalmente transparente con la firma de un documento, así pasa en Primera y Segunda, esa es la verdad, no hay que tapar el sol con un dedo, la mayoría, casi, casi que todos los presidentes hemos compartido muchos años, muchas situaciones y hemos generado un clima dentro de las necesidades y hay momentos muy difíciles dentro de los cuales uno se agarra de personas conocidas para nosotros.

"Lo que está en la cancha se queda en la cancha, si tienen algún mal pensamiento porque por ahí va el asunto, ese es el sentido de haber hecho o querer hacer esta noticia, querer hacer ver que hay algún tipo de amaño o de comprado de resultados, pero ustedes pueden ver los resultados que se dieron normales de partido, de mi parte nunca se hizo una solicitud a Santa Ana o viceversa sobre resultados ni nada, pero por el morbo y sentido político que se está empezando a poner", concluyó.

Por su parte, Solís indicó que también ya realizó los descargos del caso y destacó que "un equipo de Segunda División siempre pasa muy ahogado. Siempre necesita plata uno para algo, yo me comunicaba con Liga de Ascenso con Diana Montepeque o con Sergio Hidalgo, ellos siempre me decían que sí claro nosotros le prestamos  y eso iba rebajado de lo que las televisora nos daba".

Indicó que "en su momento uno ocupa entonces primero llamaba a ellos a Sergio Hidalgo o Diana Montepeque, ya después, el presidente de Aserrí (Solano) era el que hacía la transferencia de dinero en varias ocasiones, igual con intereses, porque cobraba el intereses".

También se le preguntó si no vio mal pedir un préstamo al jerarca de otro club al que se enfrenta en la misma liga y respondió: "Me parecía raro, pero uno ocupaba ese dinero, ellos mismos (Liga de Ascenso) lo rebajaban, y ahí se iba (pagando)".

Destacó que dejó de ser presidente de la Asociación tras el Mundial de Qatar 2022 porque vendieron la franquicia.

El expresidente enfatizó en que "teníamos un equipo con salarios bajos y el presupuesto no era tan alto, salían viajes largos y teníamos que costear porque tal vez teníamos que ir a Golfito, a Guanacaste y cada viaje de eso nos salía muy caro, con almuerzo, hospedaje, transporte, siempre se está así".

Defendió que "en realidad yo no hice nada ilegal para ser sancionado, obviamente aunque ya no sea el presidente no debe ser así, porque en realidad pedí prestado y pagué no hice mal. No me voy a quedar así, por eso yo contesté pidiendo muchas cosas para que se hiciera todo un expediente no puede ser así".

Teletica.com contactó a Hidalgo, presidente de Liga de Ascenso y quien no figura en el traslado de cargos. Hidalgo indicó que no se referirá al tema, pues está en investigación abierta en la Federación.

¿Qué dicen los artículos?

En el traslado de cargos se menciona que los posibles hechos de Solano y Solís riñen con los artículos 1, 2, 13.3, 13.4 19.2 y 19.3 y concordantes del Código de Ética de la FCRF.

Artículo 1: Material. El presente Código se aplicará a aquellas conductas que puedan perjudicar la reputación e integridad del fútbol, particularmente cuando se trata de un comportamiento ilegal, inmoral o carente de principios éticos. Su aplicación se centra en líneas de conducta que guardan escasa o ninguna relación con acciones en el terreno de juego. Además su finalidad es la de enunciar los valores y reglas que regirán el fútbol costarricense e inspirar y guiar la conducta y el quehacer cotidiano de las personas sometidas a este Código, que contribuyan directa o indirectamente a la buena imagen y reputación del futbol local.

Artículo 2: A personas. El presente Código se aplicara a las siguientes personas:
Asambleístas de la FEDEFÚTBOL, miembros del Comité Ejecutivo y Fiscales, miembros de Comités Directores de las Ligas Asociadas y Fiscales, miembros de Comisiones, Comités y órganos jurisdiccionales de FEDEFUTBOL y de sus Ligas Asociadas, miembros de Juntas Directivas de clubes y miembros de sus comisiones, agentes de jugadores y los agentes organizadores de partidos, jugadores, entrenadores y en general todo oficial de partido.

Artículo 13: Reglas generales de Conducta.

1. Las personas sujetas al presente Código deberán ser consientes de la importancia de su función y de las obligaciones y responsabilidades concomitantes.

2. Las personas sujetas al presente Código se obligan a observar todas las leyes vigentes, así como la reglamentación de la FIFA y de la FEDEFUTBOL, en la medida que les atañan.

3. En el ejercicio de sus funciones, las personas sujetas al presente Código adoptarán un comportamiento ético. Asimismo se comportarán y actuarán de forma.

4. En el ejercicio de sus funciones, las personas sujetas al presente Código no deberán abusar de ninguna manera de su cargo, en especial para obtener beneficios propios o ventajas personales, así como beneficios y ventajas para sus familiares.

Artículo 19: Conflicto de intereses.

1. Al ejercer funciones para la FEDEFUTBOL o sus Ligas Asociadas o antes de su elección o nombramiento, las personas sujetas al presente Código deberán dar a conocer todo interés, que pueda estar relacionado con las funciones que ejercerán.

2. Las personas sujetas al presente Código deberán evitar situaciones que puedan crear un conflicto de intereses. Un conflicto de intereses puede surgir si las personas sujetas al presente Código tienen, intereses privados o personales que perjudiquen el cumplimiento de sus obligaciones de manera independiente, integra y resuelta. Se entiende por intereses privados o personales toda posible ventaja que redunde en beneficio propio, de la organización de la que se proviene, de parientes, amigos o conocidos.

3. Las personas sujetas al presente Código no podrán ejercer sus funciones en casos en los que exista o pueda existir un conflicto de intereses. Se deberá poner de manifiesto dicho conflicto inmediatamente y notificarlo a la organización para la que la persona sujeta al presente Código no ejerza sus funciones.

4. Si se presenta una objeción con respecto a un posible o existente conflicto de intereses de una persona sujeta al presente Código, se deberá informar de ello inmediatamente a la organización en la que la persona sujeta al presenta Código ejerce sus funciones a fin de tomar las medidas apropiadas.