POR María Jesús Prada | 28 de octubre de 2021, 11:38 AM

Un juzgado de Medellín le ordenó al Instituto Colombiano del Dolor, este miércoles, que le practicara la eutanasia a Martha Liria Sepúlveda, la mujer de 51 años con esclerosis lateral amiotrófica (ELA) que había acudido a la justicia para poder realizarse ese procedimiento.

Según el abogado de Sepúlveda, Lucas Correa, el Ministerio de Salud colombiano "no está interesado en proteger el derecho a morir dignamente de los ciudadanos, y por eso inventa barreras para entorpecer que se haga justicia". 

Es por esta razón que la clínica está ahora obligada a contactar y coordinar con Sepúlveda, en las próximas 48 horas, para establecer una fecha y una hora para reanudar el procedimiento.

Lea también

BBC News Mundo

Cancelan eutanasia de primera colombiana que iba a recibirla sin ser enferma terminal

El centro que iba a llevar a cabo el procedimiento revisa la decisión del primer comité que evaluó el caso.

Martha Liria Sepúlveda iba a convertirse, el pasado 10 de octubre, en la primera colombiana en morir dignamente pese a no ser una paciente terminal. Tanto el Gobierno, mediante el Ministerio de Salud, como la Iglesia Católica presentaron interrogantes sobre el derecho a la eutanasia. Esto a pesar de que la Corte Constitución había ampliado este año la posibilidad de que las personas con enfermedades graves e incurables accedieran al derecho a morir dignamente.

Nota de Caracol Colombia, Alianza Informativa Latinoamericana:

Lea también

Internacional

Corte de Colombia extiende el derecho a la eutanasia

Tienen derecho a una muerte digna quienes padezcan "un intenso sufrimiento físico o psíquico" por causa de una lesión o enfermedad incurable. Antes solo se aplicaba a pacientes terminales.