Por Natalia Jiménez Segura |3 de noviembre de 2020, 9:41 AM

Oficialmente, a partir de este martes 3 de noviembre, no podrán bajarle las placas si irrespeta la restricción vehicular sanitaria.

Esta mañana se publicó en La Gaceta una reforma a la Ley de Tránsito recientemente aprobada por la Asamblea Legislativa, según indicó el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT).

Con esto tampoco podrán sumarle seis puntos en la licencia.

Ahora solo se mantendrá la multa de 110.000 en caso de que no cumpla con el horario establecido de restricción.

 “Comprendiendo que las leyes no son retroactivas, las sanciones por esta falta, hechas hasta ayer, 2 de noviembre, sí acumulan los 6 puntos, con todo lo que ello implica y también se aplica el retiro de las placas, por lo que los infractores deberán hacer todos los trámites respectivos”, indicó el MOPT en sus redes sociales.

Actualmente, los vehículos tienen permitido circular en un horario de 5 a. m. a 10 p. m. entre semana, dependiendo del número de placa, y podrá circular únicamente de 5 a. m. a 9 p. m. sin restricción de placa durante los fines de semana.