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Sala Constitucional reitera que el tope de auxilio de cesantía no puede superar los 12 años

Las acciones de inconstitucionalidad fueron promovidas por el exdiputado Otto Guevara contra los artículos de Convenciones Colectivas de Trabajo de la Municipalidades de Abangares y de Carrillo, que establecían el pago de 20 y 17 años respectivamente

Por Teletica.com Redacción |22 de mayo de 2019, 10:31 AM

La Sala Constitucional reitera que el tope del auxilio de cesantía es de 12 años, como se estableció en sentencia N° 2019-008679 del 15 de mayo, y en la N° 2019-009222 del 22 de mayo.

Los magistrados declararon parcialmente con lugar dos acciones de inconstitucionalidad promovidas por el exdiputado Otto Guevara, contra los artículos de las Convenciones Colectivas de Trabajo de la Municipalidad de Abangares y de la Municipalidad de Carrillo, que establecían el pago de 20 y 17 años, respectivamente, por concepto de cesantía.

El tribunal declaró inconstitucional el plazo establecido en esos artículos, reiterando lo resuelto en el fallo N° 2018-008882 que anuló una serie de artículos de la Convención Colectiva del Banco Crédito Agrícola de Cartago, entre ellos el reconocimiento de 20 años como tope de auxilio de cesantía.

“Dicha cantidad de años (20) resulta desproporcionado respecto de los pagos que reciben los demás trabajadores estatales cuyos beneficios también se financian con fondos públicos. En concordancia con lo anterior la Sala entiende que un tope máximo de 12 años¨, señalaron los altos jueces en aquella sentencia, la cual se votó el 5 de junio del 2018.

Luis Fernando Salazar, magistrado instructor de las acciones de inconstitucionalidad explicó que si bien el Código de Trabajo establece como tope de cesantía los últimos ocho años de la relación laboral, la jurisprudencia constitucional reconoce la posibilidad de mejorar ciertas condiciones mínimas de los trabajadores que superen las establecidas en la legislación laboral. Esto bajo el entendido de que se respeten los principios de razonabilidad y proporcionalidad, por tratarse de beneficios pagados con fondos públicos.