Por Álvaro Sánchez |16 de marzo de 2022, 20:52 PM

La acusación de la Fiscalía por el crimen de María Tacsan señala que el único imputado le habría suministrado lidocaína para inmovilizarla; después, la víctima recibió un disparo en la boca. Por esa razón, el Ministerio Público descarta que existiera la posibilidad de un suicidio.

La pieza acusatoria señala al esposo de la víctima, un médico de apellido Pérez, por los hechos ocurridos el 19 de setiembre de 2020 en un apartamento en San Rafael de Heredia.

El documento indica que el acusado, quien está en libertad con medidas cautelares, habría suministrado el anestésico a su esposa, aprovechando que ella estaba con un tratamiento. Dice la acusación de la Fiscalía:

“Concentración de lidocaína que presentaba el organismo de la ofendida, era probable que la vía utilizada por el acriminado para suministrarle el medicamento lidocaína fuese la intravenosa. Además, acotó que debido al nivel de toxicidad que presentaba la víctima por esta droga, no era posible que la misma coordinara habilidades motoras tales como accionar un arma de fuego o utilizar un arma blanca. Finalmente, destacó que el disparo que presentaba la afectada se realizó luego de la intoxicación por este medicamento, y que las lesiones punzocortantes y cortantes ubicadas en el cuerpo de la agraviada se produjeron en una fase agónica o post mortem; con lo cual se determina, sin ninguna duda, que la ofendida no pudo autoinfringirse un disparo o inclusive las heridas de arma blanca”.

La lidocaína es un anestésico local de acción inmediata (de uno a tres minutos) y con una duración de efecto intermedio (de 60 a 180 minutos), que se aplica por infiltración o por aplicación superficial. Este medicamento impide la generación y la conducción del impulso nervioso.

La acusación indica, además, que las puertas de la casa no fueron forzadas y que el acusado era la única persona que estaba ahí al momento en que Tacsan falleció. En el documento, del cual Telenoticias tiene copia, se lee lo siguiente:

“En esa misma línea de pensamiento, de la autopsia psicológica de la ofendida, que se obtuvo a partir del análisis de los expedientes clínicos, así como de la entrevista que se le practicó a la psicóloga de la afectada, se logró determinar que no presentaba señales de alarma con ocasión a algún riesgo suicida. Aunado a lo anterior, de la inspección ocular realizada a la morada en que cohabitaba la afectada con el acriminado, no se logró visualizar que existieran forzaduras en las puertas y ventanas del apartamento, por lo que se descarta que terceras personas ingresaran a ese sitio; y si se toma en cuenta que, según el patólogo, el deceso de la ofendida se dio entre las 8:00 y las 11:00 horas del 19 de setiembre de 2020, lapso en que se tiene por acreditado que el acriminado se encontraba dentro de esa vivienda”.

José Miguel Villalobos, abogado del sospechoso, insiste en que no ha sido notificado sobre la acusación.

"Pregunté a la funcionaria del Tribunal de Apelación si constaba en el expediente que había remitido la Fiscalía, alguna pieza acusatoria o alguna solicitud. Me indicó que, además de simplemente plantear la solicitud de prórroga (de medidas cautelares), no existía ninguna acusación. Ella se comunicó también con la Fiscalía y le dijeron que no existía ninguna pieza acusatoria, querella o acción civil resarcitoria al día de ayer", explicó el defensor.

Además, aseguró que el próximo 23 de marzo pedirá que se le levanten las medidas cautelares.

Repase la información completa en el video adjunto.