Por Luis Jiménez |26 de marzo de 2021, 16:28 PM

Este viernes se absolvió penalmente a los exfedertivos Juan Carlos Román y Adrián Gutiérrez Arguedas por el delito de difamación contra los jugadores Keylor Navas, Bryan Ruiz y Celso Borges, pero sí se les condenó civilmente por daños al honor, según el Tribunal.

Pero, por qué se puede absolver en lo penal y condenar en lo civil.

La jueza, Laura Chaves, quien es parte del Tribunal a cargo del juicio, señaló que no necesariamente una absolutoria en lo penal significa una absolutoria en lo civil.

“El Tribunal considera que los exfederativos no actuaron con dolo sino más bien fueron inducidos al error por parte de Eduardo Li al indicarles sobre algo que no fue así. Decidimos declarar con lugar la acción civil resarcitoria (pago de ₡9 millones) en contra de Gutiérrez y Román en cuanto al daño moral contra los jugadores, pero se les absuelve penalmente en razón por un error”, dijo Chaves.

Según el Tribunal, se les dañó a los querellados al señalar que los jugadores se iban a dejar perder partidos; estas manifestaciones no se dieron, pero los exfederativos sí lo dijeron en medios de comunicación.

Para los jueces lo que pasó fue que Eduardo Li les indicó que era verdadero y ellos lo creyeron.

Para el exjuez penal Olman Ulate, esta situación se da porque en lo penal, para imponer una sanción a una persona, se ocupa que la acción que se le atribuyó tiene que ser demostrada y que la realizó porque la culpabilidad es el requisito penal para sancionar.

“Los querellados habían realizado una acción típica contraria a derecho a consecuencia de un error invencible, según dijo el Tribunal. Lo que se indica es que los querellados fueron inducidos por Eduardo Li que a la postre resultaron difamatorias para los jugadores”, comentó Ulate.

Al haber una acción contraria a derecho, los exfederativos tienen el deber de resarcimiento por el daño que causaron; todo aquel que con su actuar cause un daño a otra persona se debe de resarcir.

“Penalmente los exfederativos no realizaron las manifestaciones falsas en la radio con el ánimo de ofender a los querellantes, pero su acción si provocó una consecuencia civil al daño, imagen, honor y prestigio de los jugadores”, puntualizó Ulate.  

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