Por Juan José Herrera |26 de abril de 2022, 17:11 PM

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) podrá cobrar por la reposición de cédulas de identidad.

Así lo aprobaron esta tarde los diputados tras la votación en segundo debate del expediente 22.822, que defiende el cobro de ese plástico a partir de la segunda solicitud de reposición en un mismo año calendario, exceptuando los casos en los que así lo disponga el propio TSE.

La iniciativa fue presentada el año pasado por la actual presidenta del Congreso, Silvia Hernández, como respuesta a las inquietudes que el propio Tribunal le había traslado a los diputados debido al aumento en sus gastos derivado de ese rubro.

Hernández había dicho, en diciembre anterior, que el costo de producir cada cédula es actualmente de $7.29 (unos ₡4.650) y que únicamente entre enero y agosto de 2021 se emitieron, en promedio, 32.070 documentos al mes por motivo de extravío, deterioro o robo.

Eso significa que, en esos primeros ocho meses del año, el Estado tuvo una erogación de ₡1.156 millones por este concepto.

El cobro aprobado esta tarde aplicará en causas que se relacionen al deterioro, extravío, robo o hurto del documento. En ese punto, Hernández ejemplificó, a partir de datos del TSE, que solo en 2021 el 42,5% de las solicitudes recibidas respondían a extravíos, 16,2% a deterioros y 6,7% a robos.

El costo de esa reposición lo definirá anualmente el Tribunal mediante acuerdo previamente informado.

Estarán exentas de ese cobro las personas con discapacidad, adultos mayores, población indígena y cedulación en cárceles. Por vía reglamentaria, el Tribunal Supremo de Elecciones podrá establecer otros casos de excepción, teniendo en cuenta criterios de extrema pobreza y desempleo.

Tampoco se podrán cobrar las reposiciones dos meses antes e incluso el mismo día en que se celebren elecciones nacionales.

Los dineros recaudados serán depositados en la cuenta de caja única del Estado y dirigidos al Fondo Específico del Tribunal Supremo de Elecciones, que los destinará al mejoramiento de la prestación de los servicios públicos que son competencia exclusiva del Tribunal.