Por Juan José Herrera 29 de julio de 2025, 15:18 PM

Aumentar la cantidad de procesos con tribunales de un solo juez y nombrar defensores públicos a aquellos imputados cuyos abogados no puedan asistir a un juicio, son parte de las propuestas que defiende el Poder Judicial para agilizar el sistema penal costarricense.

Se trata del expediente 24.913, anunciado en marzo pasado y que hoy fue expuesto a los diputados de la Comisión de Asuntos Jurídicos por el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Orlando Aguirre, y la presidenta de la Sala III, Patricia Solano.

“Esta no es una iniciativa aislada, se trata de mejorar el sistema de administración de justicia y en este caso, concretamente, la materia penal”, resumió Aguirre.

La iniciativa se concentra en la etapa preliminar del proceso penal, que según Solano, concentra un 30% de los miles de expedientes que engrosan la mora judicial.

Uno de los cambios más llamativos es que se promueve que todos aquellos delitos con penas de hasta 10 años de cárcel pueden ser tramitados por un tribunal unipersonal en lugar de un órgano colegiado (tres jueces).

“Tendríamos entonces tres personas juzgadoras atendiendo diferentes procedimientos y así damos una respuesta mucho más rápida y podemos descongestionar las agendas, que es parte de lo que pretendemos”, dijo Solano.

De esa reforma estarían excluidos los procesos de tramitación compleja y aquellos de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada (JEDO).

El segundo eje de esa reforma es hacer obligatoria la presencia de imputados y ofendidos en la audiencia preliminar. Esto iría de la mano con que esa instancia sería el último momento procesal para acceder a una solución alterna o un procedimiento especial abreviado. Si un imputado falta, podría declararse en rebeldía, lo que también agilizaría el proceso, pues hoy se debe esperar al juicio para esa orden.

El tercer eje es uno que ya se había comunicado en marzo anterior, en medio de la reunión de seguridad de los supremos poderes, y pasa por eliminar la posibilidad de posponer audiencias por motivos de agenda de los abogados.

Se propone que si el defensor no puede asistir por tener la agenda llena, la persona imputada tendrá un máximo de cinco días para nombrar a otro abogado, caso contrario se le designará un defensor público.

“Sabemos que los derechos fundamentales son primarios; sin embargo, no hay un solo derecho que no tenga limitaciones. Entendemos el derecho del imputado a escoger la defensa que quiere, pero también cuál es el derecho de la ciudadanía para que nosotros podamos actuar.

“No es posible que ante un interés particular el interés general ceda”, señaló Solano.

El proyecto seguirá su análisis en comisión antes de ser dictaminado y pasar al Plenario Legislativo.


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