¿Tiene sentido la denuncia de supuesto prevaricato contra los magistrados de Sala IV?
La presidenta de la Asamblea Legislativa, Yara Jiménez, denunció este lunes a los cuatro magistrados que votaron a favor de prorrogar el nombramiento de los jueces suplentes.
La presidenta de la Asamblea Legislativa, la oficialista Yara Jiménez, denunció este lunes a los magistrados constitucionales Fernando Cruz Castro, Paul Rueda Leal, Ingrid Hess Herrera y Jorge Araya García por el presunto delito de prevaricato.
Fueron ellos quienes firmaron la resolución que no solo anuló la decisión de Jiménez de devolver la nómina de candidatos de magistrados suplentes a la Sala IV, sino que además prorrogó esos nombramientos que acabaron en diciembre anterior.
Pero, ¿tiene asidero esa denuncia?
Lo primero es entender que el prevaricato es el delito en que incurre un funcionario judicial o administrativo cuando dicta resoluciones contrarias a la ley o las funda en hechos falsos.
En este caso, Jiménez y el Poder Ejecutivo acusan a los magistrados de arrogarse una competencia que es legislativa, pues son los diputados los encargados de elegir y nombrar a los altos jueces del Poder Judicial.
Sin embargo, esa no es la única arista a considerar.
"El delito de prevaricato es un delito doloso, es decir, tiene que comprobarse que realmente ellos (los magistrados) interpretaron la Constitución con el objeto de perseguir un fin distinto al querido por la norma.
"En el caso concreto, los magistrados de la Sala Constitucional, por disposición constitucional y de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, son los llamados a interpretar de manera auténtica la Constitución Política. Es decir, son los llamados a indicar cómo debe interpretarse el ordenamiento constitucional. Entonces, ante esa potestad legal y constitucional que tienen los magistrados, es difícilmente construible la idea de que ellos puedan cometer el delito de prevaricato, porque ellos son los únicos que pueden interpretar la norma constitucional", precisó el experto constitucionalista, Juan Carlos Castro.
Para el abogado, no existe una posibilidad de que se acepte una denuncia en este escenario, incluso cuando los magistrados no están exentos de responsabilidades.
"No le veo absolutamente ninguna posibilidad. No digo que los magistrados de la Sala Constitucional no sean responsables en el ejercicio de sus funciones, pero por otro tipo de delitos, tráfico de influencias o cualquier otra cosa adicional", aseveró.
En el mismo sentido, Castro añadió que tampoco tiene sentido la amenaza de no acatar las resoluciones que pueda dictar la Sala con magistrados suplentes.
"Eso no tiene ninguna lógica, porque de nuevo, los magistrados de la Sala Constitucional son los únicos, por disposición constitucional y legal, de interpretar la Constitución.
"Si se permitiera a un juez ordinario, como un juez penal, interpretar la Constitución o interpretar cómo debió interpretarse la Constitución, se rompería el ordenamiento constitucional, porque se estaría un juez ordinario atribuyéndose una competencia que la Constitución y la ley le dan en forma exclusiva a la Sala Constitucional", finalizó.
Por su parte, el también constitucionalista y asesor presidencial, Fabián Silva, aseguró esta mañana, en medio de la manifestación que acompañó la presentación de la denuncia, que la Sala IV "no está respetando la división de poderes" e insistió en que, como dijo la presidenta Laura Fernández, el país está frente a un "golpe de Estado judicial".
"¿Dónde en la Constitución Política se les autoriza a ellos a poder nombrar magistrados? ¿Dónde se les permite a ellos prorrogar nombramientos o nombrar magistrados suplentes?
"Están interpretando nuestra Constitución Política como les da la gana. La Asamblea Legislativa es la única que puede nombrar magistrados, que puede prorrogar nombramientos. En este caso se han arrogado facultades que no les otorga ni la ley de la Jurisdicción Constitucional ni la Constitución Política", aseveró.
Todavía falta por ver si el Ejecutivo y el oficialismo en el Congreso respetarán o no las resoluciones que pueda emitir la Sala Constitucional a partir de esa resolución.

