Por Juan José Herrera |29 de mayo de 2023, 17:01 PM

La Asamblea Legislativa aprobó esta tarde, en segundo y definitivo debate, el expediente 23.090, que reforma la Ley Contra la Delincuencia Organizada y que echará a andar, por fin, la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada (JEDO).

Tras semanas de ardua discusión, el Congreso consiguió esta tarde esa votación final que permitirá al expediente irse a Zapote en busca de la firma presidencial y convertirse en ley antes del 7 de junio, cuando precisamente entrará en funciones la JEDO.

Pero, ¿qué es lo que cambia esta ley?

El oficialista Alexánder Barrantes celebró esta tarde la votación y resumió el proyecto como una forma de “darle más dientes al Poder Judicial y más oportunidades a la Justicia de trabajar en beneficio de los costarricenses”.

Para lograrlo, el expediente aclara una serie de lineamientos que se incluyen en la Ley 9481, la misma que creó la jurisdicción desde 2017, pero que no había podido entrar en funcionamiento por falta de recursos económicos.

El expediente básicamente aclara que las competencias de la JEDO será la investigación y el juzgamiento de delitos graves catalogados como crimen organizado, definido como cualquier estructura organizada, compuesta por dos, tres o más personas, que exista durante cierto tiempo o un tiempo indefinido con el propósito de cometer uno o más delitos graves.

Esos delitos incluyen los secuestros extorsivos, la corrupción agravada, la explotación sexual, la producción de pornografía infantil o el enriquecimiento ilícito, entre otros.

La futura ley permite que los delitos de crimen organizado pueden ser tramitados tanto en la Jurisdicción Penal Ordinaria como en la JEDO, y define que la acción penal es pública y no privada en delitos de este tipo.

También fortalece los requisitos para ser juez en delincuencia organizada, juez tramitador del Tribunal Penal y juez del Tribunal de Apelación de Sentencia.

Además, aclara que las resoluciones en firme de esta especialidad no podrán ser objetadas por las partes o los tribunales de la Jurisdicción Ordinaria, ni declinada en oficio posteriormente.

Pero quizás el cambio más celebrado está en los plazos.

El proyecto duplica plazos establecidos para la etapa intermedia, el plazo de prisión preventiva, el de continuidad y suspensión del debate y los plazos para interponer y tramitar los recursos de apelación de sentencia y casación, así como las adhesiones.

Además, obliga a aplicar los plazos definidos en el Código Procesal Penal para asuntos de tramitación compleja en jurisdicción ordinaria, sin necesidad de una resolución judicial adicional. 

También compromete al Ministerio Público a cumplir la investigación preparatoria en un plazo de 24 meses, mientras que el plazo de deliberación será de hasta 10 días hábiles y el tiempo para dictar sentencia de 20 días hábiles.

La cúpula del Poder Judicial defendió estos puntos como los medulares de la reforma, especialmente porque si el proyecto no se aprobaba antes del 7 de junio, una serie de cabecillas del crimen organizado podrían quedar en libertad si ya habían cumplido sus plazos ordinarios de prisión preventiva y no se les podía aplicar los extraordinarios.

Ese punto fue el más debatido por la liberacionista Carolina Delgado, autora de 519 de las 529 mociones que enfrentó el proyecto y defensora de que esa tesis del Poder Judicial no fue más que una mentira del fiscal general, Carlo Díaz.

Hoy, de nuevo, la legisladora acusó a Díaz de mentirle al Plenario.

“Lo hizo al calcular a mano alzada la cantidad de cabecillas que saldrían libres, lo hizo al poner como fecha fatal el 7 de junio para que la ley rigiera, lo cual es falso. Tanto así, que este viernes se amplió la prisión preventiva a imputado del caso Turesky. ¿No era que necesitaba de este proyecto para ampliar esos plazos?

“Miente el fiscal y lo volvió a hacer para lanzar sospechas infundadas en contra mío, pero de eso me referiré próximamente, porque ya estamos tomando cartas en el asunto”, dijo sin explicar a qué se refiere.


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