¿Se pueden hacer allanamientos, actualmente, en feriados o a cualquier hora del día?
Este medio le consultó a tres expertos qué tanto cambia la normativa actual con la cuestionada reforma que el presidente Rodrigo Chaves vetó esta semana.
El veto del presidente Rodrigo Chaves al expediente 24.495, que permitiría allanamientos a cualquier hora del día, los 365 días del año, levantó un polvorín entre la ya de por sí maltrecha relación que hoy existe entre los supremos poderes de la República.
La propuesta, que ya había sido votada en segundo y definitivo debate por el Congreso, fue vetada por Chaves por razones de constitucionalidad, al tiempo que advirtió que no le daría “más instrumentos” al Poder Judicial.
Del otro lado, los diputados criticaron “el favor” que dicen le hace el Gobierno al crimen organizado; mientras que el director del Organismo de Investigación Judicial, Rándall Zúñiga, aseguró que tras el veto “los delincuentes pueden dormir más tranquilos”.
Pero, más allá de esa disputa, surge la duda de si, con las leyes actuales, ¿es realmente posible realizar allanamientos cualquier día y a cualquier hora? Teletica.com le preguntó a tres expertos en Derecho Penal y la respuesta fue un contundente sí.
¿Cómo?
El proyecto en discusión reforma el artículo 193 del Código Procesal Penal, que es precisamente la norma que define las reglas sobre los allanamientos y registros de morada, para eliminar la restricción actual que indica que la diligencia deberá iniciarse “entre las 6 y 18 horas del día”.
En la reforma propuesta, en cambio, deja explícito que podrán realizarse “a cualquier hora y día de la semana, incluyendo días feriados”.
Sin embargo, la norma actual también aclara que los allanamientos podrán hacerse a cualquier hora “cuando el morador o su representante consienta o en los casos sumamente graves y urgentes”.
Es decir, esos allanamientos “24/7” también son posibles hoy bajo condiciones excepcionales; pero el problema es que la reforma propuesta mantiene, igual que el Código actual, que para ese horario extraordinario “deberá dejarse constancia de la situación de urgencia en la resolución que acuerda el allanamiento”.
“Esta norma lo que hace es simplemente permitir que los allanamientos se hagan a cualquier hora del día de una manera más sencilla. Sin embargo, no viene a cambiar fundamentalmente las cosas en materia de lucha contra la delincuencia, porque actualmente sí es posible hacer allanamientos a cualquier hora del día en casos graves y urgentes.
“Podemos imaginar, entonces, que todos los casos de narcotráfico o de sicariato o la delincuencia organizada caen dentro de estas hipótesis que permiten un allanamiento a cualquier hora del día”, explicó el abogado penalista, Rodolfo Brenes.
Para el experto, el problema radica en la mala redacción que acompañó la reforma, pues, en su entender, la idea era precisamente eliminar esos requisitos de urgencia y gravedad, algo que no queda explícito en la propuesta.
“Esa redacción puede generar alguna confusión y lo que demuestra es una muy mala técnica legislativa, donde básicamente no se analizó la norma a la hora de proponer la reforma”, añadió.
En términos idénticos se pronunció el también experto Erick Gatgens, quien aseguró que, bajo la redacción actual, la norma es confusa y podría generar una situación en la que más bien se anule el allanamiento, al no aclarar si esa declaración de urgencia o gravedad es igualmente necesaria, lo que dejaría la propuesta con el mismo sentido que la redacción actual.
El exfiscal general, Francisco Dall’Anese, cuestionó, además, que ya de por sí un allanamiento reviste un proceso de un sentido de gravedad o urgencia que es precisamente el que impulsa a irrespetar un derecho constitucional como lo es la inviolabilidad del domicilio.
“Es importante abrir la posibilidad de entrar a cualquier hora, de recabar prueba, de entender la importancia del factor sorpresa, pero esto no se puede convertir en la regla, sino mantenerse como la excepción para casos importantes, de crimen organizado, no cualquier delito.
“Para mí, la reforma es más darle un soporte al juez de proceder, porque siempre existe un temor de que usted como juez puede ver su orden cuestionada. La reforma les da armas para proceder con mayor libertad a la hora de resolver, porque cuando a usted le dicen no se puede, excepto con ciertas excepciones, usted ve eso con recelo, esto abre el abanico, pero bajo ninguna circunstancia releva la necesidad del juez de valorar la necesidad probatoria, la pertinencia y utilidad del allanamiento”, sentenció.
Para Gatgens, además, sí permitiría aclarar lo que se estila en la práctica de que los allanamientos solo se realizan de lunes a viernes. Sin embargo, Brenes también insistió en que hay tener clara la trascendencia real de la norma y las funciones que, de por sí, cumple cada poder.
“No debemos engañarnos entonces en cuanto a la trascendencia de esta norma a la hora de discutir esta reforma. Lo que sí es importante señalar es que deben tomarse todas las medidas que sean necesarias para permitir que nuestro proceso penal sea más eficaz y efectivo en la sanción de la delincuencia. Y recordar también que una cosa es la prevención, que eso está en manos del Poder Ejecutivo, y otra cosa es la sanción, que corresponde al Poder Judicial”, finalizó.
La diputada liberacionista Montserrat Ruiz, proponente de la reforma, defendió que aunque son conscientes de que los allanamientos a cualquier hora son hoy posibles, pero también de que la restricción horaria supone problemas técnicos y prácticos para las autoridades judiciales.
"Actualmente, la posibilidad de hacer un allanamiento entre las 6 de la tarde y las 6 de la mañana es de carácter excepcional únicamente para casos urgentes, como dice la redacción actual de la ley. Esto ha traído dos problemas importantes: la falta de agilidad y eficiencia en la persecución de delitos muy graves como el tráfico de drogas o el lavado de dinero.
"Y el segundo es que esta disposición se presta para que los delincuentes impugnen los procesos y eso genera nulidad de las pruebas que recaban en el allanamiento", aseveró.
Ruiz insistió en que esa restricción horaria no responde a las exigencias actuales en la lucha contra el crimen organizado y que por eso mismo debe eliminarse.
"Está claro que actualmente al Código Procesal Penal se le brinda la posibilidad de hacerlo fuera de horario, pero mediante un procedimiento más gravoso. Lo que se busca es darle la posibilidad a los jueces de autorizar allanamientos a cualquier hora del día, porque se mantiene intacto el requisito de que el juez apruebe el allanamiento y esté presente en él, pero sin el riesgo de que después existan apelaciones y el proceso pueda ser más ágil", finalizó.
Los diputados ya adelantaron que votarán el resello del proyecto, pero esto solo podría hacerse si el Ejecutivo lo convoca en sesiones extraordinarias, de lo contrario deberán esperar hasta agosto.