¿Qué sigue tras la decisión de Orlando Aguirre de no continuar como presidente de Corte?
Con el pronunciamiento del magistrado se aclara el camino que deberá emprender el Poder Judicial.
El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Orlando Aguirre, comunicó este miércoles que no buscará reelegirse.
Tal decisión aclara el camino que deberá emprender el Poder Judicial en el próximo mes, hasta que el magistrado concluya su nombramiento, el 26 de setiembre próximo.
Las reglas están estipuladas en la circular 88-2017 de la Secretaría de la Corte, publicada el 25 de mayo de 2017. En ese documento se establecen los pasos a seguir frente a un escenario como el actual, siempre que estos no sean variados por acuerdo de los magistrados en alguna de las sesiones venideras.

En primer lugar, se tiene que deberá convocarse a la elección de un nuevo presidente. Para ese fin se abrirá un periodo de inscripción de candidaturas por 15 días. Luego se establecerá la fecha para un debate público en los 15 días siguientes.
Las postulaciones deberán presentarse en la Secretaría General y, una vez concluido el periodo, el Poder Judicial deberá emitir un comunicado con los nombres de los aspirantes.
Tras el contradictorio, se procederá inmediatamente con la votación. Esta será pública tras la reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobada hace cuatro años. En ella participarán los magistrados titulares o suplentes nombrados para el día de la elección. Para imponerse, un candidato debe recibir el voto de más de la mitad de los 22 integrantes de la Corte Plena.
En la misma sesión se realizarán cinco rondas de votación de la siguiente manera: primero tres rondas y, de no resultar un ganador, se decretará un receso de al menos veinte minutos. Las rondas restantes iniciarán luego de agotado el tiempo de receso.
Si resultan infructuosas las primeras cinco rondas de elección, se convocará una segunda ronda de votación, una semana después, bajo el mismo procedimiento.
Durante esa semana, o bien el mismo día designado para la segunda ronda, se podrán proponer nuevas candidaturas, las cuales se someterán al mismo procedimiento.

Quienes hayan participado en el debate de la primera ronda no están obligados a hacerlo en la segunda.
Si al finalizar esta segunda ronda de votaciones no se logra el consenso necesario para elegir, se convocará a una tercera ronda de votaciones dentro de la siguiente semana, bajo el mismo procedimiento de debate y votación.
Así será sucesivamente hasta lograr la elección, según lo dispone la circular.

