Presidenta de Sala III: Ley de Ejecución de la Pena no invade competencias del Ejecutivo
Patricia Solano indicó ante los diputados que existe una “simbiosis” compleja entre jueces y administración penitenciaria que la ley buscaba ordenar.
La presidenta de la Sala de Casación Penal, Patricia Solano, cuestionó el veto impuesto por el presidente de la República, Rodrigo Chaves, a la Ley de Ejecución de la Pena, al considerar que esta no representa ningún tipo de interferencia con las funciones de la administración penitenciaria.
Las declaraciones fueron brindadas durante su comparecencia ante la Comisión de Seguridad y Narcotráfico de la Asamblea Legislativa, en el contexto del análisis de un proyecto de ley para establecer el trabajo obligatorio de las personas privadas de libertad.
La Ley de Ejecución de la Pena, aprobada previamente en la Asamblea Legislativa, busca establecer un marco legal claro sobre la manera en que las personas privadas de libertad cumplen sus condenas. En particular, pretendía formalizar el rol de los jueces de ejecución, quienes ya ejercen control sobre el cumplimiento de las sentencias, aunque sin una ley específica que regule de manera integral ese proceso.
Chaves vetó la iniciativa al considerar que podría representar una interferencia en las competencias del Ministerio de Justicia, al otorgar la última palabra a los jueces de ejecución.
Según la magistrada, la administración penitenciaria mantiene sus funciones de evaluación, seguimiento y ejecución del plan de rehabilitación de las personas sentenciadas, mientras que el juez interviene únicamente en casos específicos en los que se cuestiona el cumplimiento de ese proceso.
“No es que haya una invasión de competencias. El tribunal de juicio dicta sentencia, impone la pena. La persona va al centro de adaptación social que le corresponde. Los órganos técnicos, cuando la persona llega, lo evalúan: ¿cuál es el tipo de juicio al que fue sometido? ¿Cuál es su personalidad? ¿Cuál es el plan rehabilitador o de asistencia que se le va a dar dentro del sistema penitenciario? Aquí es donde la administración penitenciaria cumple sus fines de cumplimiento de la sanción penal. ¿Qué hace el juez de ejecución? En los casos en los que la persona sentenciada dice que no se está cumpliendo con su plan de adaptación, controla si es cierto o no, y dice en sus casos cual es la manera adecuada del cumplimiento de la sanción según la normativa vigente”, enfatizó.
Solano agregó que existe una relación compleja y de coordinación entre ambas instancias que, a su criterio, la ley vetada pretendía clarificar, precisamente para evitar interpretaciones contradictorias o vacíos normativos en la ejecución de las penas.
El veto presidencial mantiene en suspenso la entrada en vigencia de la normativa, pues lo que corresponde ahora que los diputados la manden a revisión a la Comisión de Reformas Constitucionales, posteriormente a una consulta facultativa a la Sala Constitucional, y finalmente decidir si le realizan cambios, o bien la dejan como está y la resellan, para lo cual necesitarían de 38 votos.

