Por Juan José Herrera 13 de agosto de 2026, 10:29 AM

El abogado Giovanni Delgado presentó un recurso de amparo contra el decreto ejecutivo que declaró secreto de Estado toda la documentación relacionada con el Consejo Nacional de Seguridad Pública, la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional (DIS) y el grupo de trabajo denominado "Fuerza Élite".

La gestión alega, entre otras, que el declarar confidencial no solo la información táctica o de inteligencia, sino además temas como presupuestos, gastos, adjudicaciones y contratos, supone una violación a los derechos fundamentales de acceso a la información pública, transparencia administrativa, control ciudadano de la gestión pública, libertad de información y principio democrático.

Esto, según el abogado, no solo sería una violación a leyes nacionales, sino también a la Convención Americana sobre los Derechos Humanos.

"Siendo que la medida señalada restringe en apariencia de manera generalizada el acceso ciudadano a información pública vinculada al uso de recursos y contratación públicos presente y futura, lo cual violentaría el marco jurídico que regula el tema", dice el recurso.

El abogado insiste en que, en materia de contratación pública, la publicidad es la regla y el secreto la excepción, pero que el decreto firmado por la mandataria invierte dicho principio al establecer una reserva masiva sobre categorías enteras de documentos públicos.

"Es claro que existe una desproporcionalidad del decreto bajo análisis, ya que, si bien la protección de operaciones policiales puede resultar legítima, ocultar presupuestos, contratos y adjudicaciones excede cualquier finalidad razonable de protección de la seguridad nacional", añadió.

El recurso también cuestiona que la declaratoria ignora la obligatoriedad legal que tiene el uso del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP) para todas las compras y contratos de instituciones públicas de Costa Rica que manejan fondos del Estado.

Por todo esto, el recurrente solicita declarar que el decreto lesiona los artículos 9, 11, 27, 28 y 30 de la Constitución Política y que, por lo tanto, se ordene dejar sin efecto toda restricción sobre presupuestos, contrataciones públicas, adjudicaciones, contratos y ejecución contractual.

Además, solicita la inaplicación de las cláusulas que impiden el acceso ciudadano a dicha información y que se condene al Estado al pago de costas, daños y perjuicios.

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