Incapacidad por dolor menstrual: ¿Cómo se comprobará ante el patrono o centro educativo?
El Congreso avanza hacia una legislación que permita ausentarse de labores o estudios por dolores menstruales, algo que ya sucede en otras partes del mundo.
El Plenario Legislativo está cerca de entrar a conocer, por el fondo, el expediente 23.706, que permitiría que los dolores menstruales se conviertan en una justificación válida para que una persona se ausente de sus labores o estudios, tanto a nivel público como privado.
Se trata de un proyecto de ley presentado en el 2023 por la diputada frenteamplista Priscilla Vindas, que defiende el establecimiento de una licencia menstrual de entre uno y 3 días que deberá ser costeada por los patronos, previa justificación médica.
El proyecto, que ya fue dictaminado y está en la revisión de mociones de fondo en la Comisión de la Mujer, establece como único requisito, para trabajadoras y estudiantes, la presentación de un dictamen médico emitido por la Caja Costarricense de Seguro Social que certifique un diagnóstico de dismenorrea, que es el término clínico con el que se conocen los dolores fuertes provocados por el periodo menstrual.
Pero, ¿qué tan fácil es ese diagnóstico?
Josué Vargas, médico especialista en Ginecología y bienestar femenino, explicó que el gran problema con una licencia de ese tipo es que no existe una forma objetiva de determinar el dolor de una paciente.
“No hay una prueba específica, como una prueba de laboratorio o una prueba en especial, que me diga a mí que la paciente tiene dismenorrea como tal, porque ese término se utiliza más como un síntoma. Por ejemplo, hay pacientes que vienen con un cuadro clínico que dicen: ‘Bueno, es que tengo dismenorrea, o sea, dolor pélvico, tengo fiebre y además de eso tengo vómitos’... Pero esos son síntomas, no enfermedades.
“El tema con una licencia menstrual es porque sí existe un grupo de pacientes, yo me atrevería a decir que es por ahí del 15% al 20% de personas, que son sumamente sensibles a las sustancias inflamatorias del periodo menstrual; ahí es donde hablamos de dismenorrea primaria, que es una hiperinflamación de la pelvis, y esto hace que la paciente sufra dolores que pueden ser incapacitantes”, precisó Vargas.
El proyecto en discusión sí habla de la posibilidad de un diagnóstico de dismenorrea secundaria, que son los dolores menstruales que están asociados a otros cuadros clínicos, como por ejemplo un quiste en un ovario, un tumor o una quiste ovario o una endometriosis (enfermedad crónica e inflamatoria).
En esos casos, según Vargas, un diagnóstico tiene mucho más respaldo.
“Con la licencia menstrual hay que ser muy juiciosos si se va a utilizar ese término de dismenorrea como tal, porque es muy genérico y a mi criterio se puede prestar para sobrediagnosticar y es ahí es donde hay que tener ese cuidado, porque mucha gente podría aprovecharse del efecto menstrual para justificar tal vez ausentarse los tres días; pero del otro lado hay personas que realmente tienen una enfermedad que justifique ese dolor como tal, entonces ellas sí son pacientes que deberían de tener un cuidado diferente, pero no hay una medida exacta de cuándo el dolor menstrual es muy fuerte y cuándo no”, insistió el experto.
Otras legislaciones
En la presentación del proyecto, Vindas defendió que legislaciones como esta ya existen en diferentes partes del mundo.
España, por ejemplo, se convirtió en 2024 en el primer país europeo en permitir estas licencias con bajas de hasta cinco días remunerados para “dolores incapacitantes”, por ejemplo, en casos de endometriosis.
Japón es el pionero en esta materia con una legislación vigente desde 1947, que permite ausentarse de las labores, pero no obliga a las empresas a pagar esos días.
En Corea del Sur existe el derecho a un día de descanso al mes, aunque tampoco es obligatorio el pago; mientras que Taiwán permite un día al mes remunerado al 50%.

